Estado Español: aquí se tortura…suma y sigue

Estado Español: aquí se tortura…suma y sigue
Monumento 'Tortura Nunca Mais', obra del arquitecto piauiense Demetrio Albuquerque, inaugurado el 27 de agosto de 1993 en Recife

diana61Redaccion. LQSomos.Junio 2016

“¿Qué más debe suceder para que el Estado y la Guardia Civil reconozcan lo que nos hicieron?”

Por sexta vez, y de seguir así, no será la ultima, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) vuelve condenar a España por no investigar suficientemente las denuncias de supuestas torturas que han presentado tras su detención personas detenidas por pertenecer al entorno de ETA. En este caso concreto se deberá indemnizar con 23.500 euros a un joven detenido en enero de 2011 por su presunta integración en EKIN, el supuesto brazo político de la organización. Si, es la sexta vez que España recibe es condenada por no investigar las denuncias de torturas, la SEXTA, pero aquí no pasa nada.

El recurrente, Javier Beortegui Martínez denunció ser maltratado por cuatro guardias civiles durante el periodo en el que permaneció en régimen de incomunicación bajo custodia policial tras ser detenido por un presunto delito de pertenencia a la banda terrorista.
En este caso, al igual que ha ocurrido con otros similares que han llegado al tribunal de Estrasburgo, la Sala ha declarado por unanimidad que se ha producido una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos por una deficitaria investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales.

Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado como resultado de la falta de una investigación exhaustiva y efectiva de las autoridades españolas, no existe suficiente evidencia para determinar si el recurrente fue efectivamente sometido a una situación que pudiera incurrir en la prohibición de tortura y trato degradante que prohíbe el artículo número 3 del Convenio.

“Un código de conducta claro para los funcionarios encargados de la supervisión”

El Comité para la Prevención de la Tortura (CPT), a través de la Corte Europea insta al estado Español a adoptar las medidas recomendadas por la Comisión Europea por con el fin de mejorar la calidad de forense como la implantación de reconocimientos médicos de particulares en régimen de incomunicación bajo custodia policial.

En la sentencia, se solicita también a España que elabore “un código de conducta claro para los funcionarios encargados de la supervisión” de este tipo de detenidos con el fin de garantizar su integridad física.

Javier Beortegui Martínez fue detenido la del 17 al 18 de enero de 2011 en el contexto de una investigación judicial por un presunto delito de pertenencia a EKIN. Según su denuncia, durante el viaje en coche tras su detención fue objeto de amenazas y insultos y fue golpeado en la cabeza, los testículos y las costillas por los cuatro agentes de la Guardia Civil que le acompañaban. Asegura que las torturas siguieron durante su estancia en la sede del Instituto Armado.

Añade que tuvo que memorizar su declaración ante el juez de la Audiencia Nacional, quien no acordó contra él ninguna medida cautelar y le dejó en libertad. Denunció el supuesto maltrato ante un Juzgado de Pamplona, que lo archivó al no encontrar pruebas. Aunque la Audiencia Provincial de Navarra solicitó una investigación a fondo, no permitió al denunciante aportar todas las pruebas que éste reclamaba para sostener su denuncia. Finalmente el Tribunal Constitucional inadmitió su recurso de amparo.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reprocha al Juzgado de Pamplona haberse limitado a examinar los informes de los expertos médicos forenses, la médico de cabecera del solicitante y un psicólogo que lo había examinado, si bien rechazó incluir en su instrucción las grabaciones de cámaras de seguridad en los locales donde se había detenido y citar a los guardias civiles implicados.

Rechaza que los casi cuatro meses que Beortegui tardó en denunciar lo ocurrido tras su liberación pongan en duda la seriedad de esta denuncia e insiste en que, cuando hay motivos razonables para creer que los actos de malos tratos se han cometido, “las autoridades competentes del Estado tienen el deber de iniciar una investigación de oficio sin demora”.

“El uso de la tortura contra la disidencia”

Por otra parte en rueda de prensa organizada este pasado jueves 2, en Villava, Javier Beortegui Martínez, acompañado por Gorka Mayo y otros jóvenes que denunciaron malos tratos y vejaciones durante su detención en enero de 2011, calificó las torturas como “actos execrables” y de “vulneración de derechos humanos”, y se apoyó en una serie de citas de personalidades que en los últimos años han advertido de que la actitud del Estado frente a las denuncias de tortura ha sido, cuanto menos, cuestionable. Beortegi citó al juez de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada cuando afirmó que “la tortura se ha producido de manera clara, y los tribunales muchas veces no han dado respuesta como corresponde a un Estado de Derecho”. Una frase que pronunció el pasado 14 de abril, y que además de la reprobación por parte de algunas asociaciones de víctimas del terrorismo, le costó una petición de recusación en la que la Fiscalía se mostró a favor.

Beortegi calificó como “sentencia contundente” la última de las resoluciones del TEDH, y se mostró sorprendido porque “en un mismo procedimiento judicial contra seis personas existen dos sentencias condenatorias contra el Estado: la de Xabier Beortegi y Patxi Arratibel y un informe del Comité Europeo para la prevención de la tortura que da credibilidad a nuestros testimonios de tortura”. Por eso, se preguntó “¿qué más debe suceder para que el Estado y la Guardia Civil reconozcan lo que nos hicieron?”.

Con esta sentencia, Estrasburgo ha condenado a España en seis ocasiones desde 2010 por no investigar suficientemente los casos en los que se denuncian torturas o malos tratos. Por desgracia esta historia continuará…

* Judgment Beortegui Martinez v. Spain – incommunicado police custody
* Coordinadora para la Prevención de la Tortura

@LQSomos

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