Ochenta años después CNT sigue exigiendo la recuperación de su Patrimonio Histórico

Ochenta años después CNT sigue exigiendo la recuperación de su Patrimonio Histórico

Redacción*. LQS. Mayo 2018

El Poder Legislativo tardó bastantes años en legislar, de forma chapucera, una cierta reparación, el Poder Ejecutivo demoró e interpretó restrictivamente la norma para devolver a la CNT una ínfima parte de su patrimonio, y finalmente, el Poder Judicial ha tardado otros diez años en resolver este asunto. Sin embargo, con la otra organización histórica, la UGT, sí hubo celeridad y generosidad

Nota de prensa sobre la recuperación del Patrimonio Histórico de la Confederación Nacional del Trabajo – C.N.T.

El pasado día 6/4/2018 fueron notificadas cuatro Sentencias del Tribunal Supremo, recaídas en los Recursos contencioso-administrativos que interpuso la CNT contra los Acuerdos del Consejo de Ministros donde se resolvían las solicitudes de reintegración y compensación de bienes y derechos de la CNT, al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1986, que regula la devolución del llamado “Patrimonio Histórico” incautado durante la Guerra Civil a las organizaciones sindicales.

Pese a que en la época de la incautación la CNT era el mayor sindicato del Estado español, no sólo en número de afiliados sino en patrimonio, desde la promulgación de la Ley en 1986 hubo un trato de favor para el otro gran sindicato que sufrió expolio, la UGT. Ya en 1986 se compensó a UGT con 4.144 millones de pesetas y en 1999 se le restituyeron 39 inmuebles en propiedad, mientras que la CNT recibió una ínfima parte.

Pero en 2001 UGT es condenada como responsable civil a más de trece mil millones de pesetas por el escándalo de la cooperativa de viviendas PSV. Esta deuda fue cubierta, ya desde 1996, por un préstamo del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que como garantía para su devolución, en algo inédito en la historia de la banca, la fió a una futura reforma legal de la Ley de Patrimonio Histórico.

Dicho y hecho. Con el regreso del PSOE al Gobierno en 2004 de la mano de José Luis Rodríguez Zapatero, la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1986 fue modificada por el Real Decreto-Ley 13/2005, donde se establece que también debería reintegrarse o compensarse a los sindicatos históricos no sólo por lo incautado a ellos mismos, sino también a lo incautado a persona jurídica de naturaleza mercantil, cooperativa o fundacional, que hubiera estado afiliada, asociada o vinculada a esos sindicatos. Otra novedad fue que los bienes muebles situados dentro de los inmuebles incautados se valorarían en un tres por ciento del valor de compensación de estos últimos. Y por último, todas las cantidades a compensar deberían ser actualizadas al momento de la devolución (y no a 1986).

El objetivo real de esta reforma, que fue hecha por el Gobierno a través del instrumento del Decreto-Ley que en principio está reservado a razones de urgencia-, era compensar a la UGT por la Fundación Cesáreo del Cerro, organización no sindical pero al parecer vinculada a esa central. Esta Fundación fue valorada, junto con unos pocos inmuebles más, por 151 millones de euros, cantidad que “casualmente” coincidía con la deuda de UGT con el ICO. El dinero no llegó ni siquiera a pasar por las arcas de UGT: fue directamente compensado por la deuda con el ICO.

Solventado el propósito de quitarle la losa de la deuda impagable a UGT, al Gobierno se le presentaba el problema de cómo sortear las 4.525 solicitudes de devolución patrimonial interpuestas por la CNT. Lo hizo de la manera más burda, descarada y chapucera: las compensaciones a CNT realizadas a través de tres Acuerdos del Consejo de Ministros apenas llegaron al 8% de lo que compensaron a UGT, y ello que, insistimos una vez más, es indudable que en la época de la incautación nuestra organización tenía mucho más patrimonio y afiliados que aquella otra central ahora afín al partido que gobernaba el Estado.

Como no podía ser de otra forma, la CNT recurrió el contenido de los Acuerdos del Consejo de Ministros ante el Tribunal Supremo. En estos recursos se pedía:

Compensar bienes que habían sido desestimados por la Administración pero que estaba perfectamente acreditada su incautación y su pertenencia a la CNT.

Valorar de forma adecuada tanto los inmuebles, cuentas bancarias y bienes muebles.

Anular compensaciones a la UGT de bienes que pertenecían a la CNT pero que habían sido compensados a la UGT.

En total la reclamación de la CNT versaba sobre 86 inmuebles, 275 cuentas bancarias y 102 muebles. Asimismo, se reclamaba una mejor valoración de los bienes compensados en 2006, 2007 y 2008.

Estos procedimientos han estado paralizados en el Tribunal Supremo desde 2007 y 2008 hasta 2018. Asimismo, el Tribunal Constitucional, después de 10 años de espera, resolvió que la reforma legal introducida en esta materia en 2005 a través de un Decreto Ley era inconstitucional, por no reunir los requisitos de la urgencia. Por tanto, ahora el Tribunal Supremo ha aplicado la vieja ley de 1986 y las valoraciones de los bienes se han realizado a la fecha de enero de 1986, con la consiguiente merma de las mismas pues ya no se puede compensar por personas jurídicas “vinculadas”, como sí se hizo a UGT con la Fundación Cesáreo del Cerro, ni se actualizan los valores de los inmuebles desde 1986 a 2008, ni se compensa por el valor de los bienes muebles que estuvieran en los edificios incautados.

El Tribunal Supremo condena a la Administración del Estado a pagar a la CNT 2.5 millones de euros, la restitución de dos inmuebles y la valoración y compensación de 16 bienes muebles más.

A su vez, este Tribunal desestima la reclamación de CNT respecto a otro conjunto de bienes y la pretensión de que las valoraciones de las cuentas bancarias se hagan partiendo de su valor en el momento de la incautación y no de enero de 1940, que es la fecha tomada como referencia por la Administración.

Los servicios jurídicos de la CNT están estudiando el contenido de las cuatro sentencias y sopesando las posibilidades de recurso para continuar la reivindicación del Patrimonio Histórico que resta por compensar o reintegrar.

En 2018, a más de 80 de aquel golpe de Estado y a casi cuarenta años de la promulgación de la Constitución española, todavía seguimos exigiendo la reparación y la recuperación de nuestro patrimonio. El Poder Legislativo tardó bastantes años en legislar, de forma chapucera, una cierta reparación, el Poder Ejecutivo demoró e interpretó restrictivamente la norma para devolver a la CNT una ínfima parte de su patrimonio, y finalmente, el Poder Judicial ha tardado otros diez años en resolver este asunto. Sin embargo, con la otra organización histórica, la UGT, sí hubo celeridad y generosidad.

La CNT no renunciará jamás a reclamar su Patrimonio Histórico. Se dará la batalla en el ámbito judicial y por cualquier otro medio que tengamos a nuestro alcance. No nos resignaremos a la ínfima parte que nos han compensado y cerrar de esa manera tan miserable la reclamación de lo que fue un patrimonio amasado con el esfuerzo de cientos de miles de trabajadores que nos fue arrebatado por la dictadura de Franco.

* Confederación Nacional del Trabajo – C.N.T.

LQSomos

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Nos obligan a molestarte con las "galletitas informáticas". Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar