Derecho y obligación de votar

Derecho y obligación de votar

Arturo del Villar*. LQS. Abril 2019

Los partidos políticos animan a sus simpatizantes a no dejar de acudir a votar el domingo 28 de abril, porque las encuestas avanzan que el resultado es muy incierto. En la monarquía del 18 de julio instaurada por el dictadorísimo, y encarnada ahora en la persona inviolable de nuestro señor el rey Felipe VI, sus vasallos forzosos tenemos la libertad de votar o abstenernos, si no nos sentimos contentos con ninguna de las promesas hechas por los partidos en liza, debido a que todos sabemos que lo dicho en las campañas siempre es falso y jamás se cumple.
Pero esta monarquía que nos fue impuesta es tan generosa que nos autoriza la abstención. En la monarquía anterior, la de su bisabuelo Alfonso XIII, había todavía menos libertades que en la actual, y el voto era obligatorio, bajo diversas penas para quien se abstuviera, por muy harto que estuviese de todos los partidos.
Motivos no faltaban para el hartazgo, porque la verdad es que desde la restauración de la dinastía, tras el golpe de Estado del traidor general Martínez Campos, en 1874, había dos partidos dinásticos que se alternaban en el poder, conservador y liberal, y tanto montaba uno como otro, de modo que daba igual quién gobernase, porque las órdenes las daba solamente el rey. Hasta que aquel domingo 12 de abril de 1931 el pueblo español dio una patada en el real culo de Alfonso de Borbón y lo mandó al exilio. En donde tenía bien colocada su fortuna personal, lo que le permitió continuar viviendo sin dar golpe.

Esos comicios se celebraron según la Ley Electoral de 8 de agosto de 1907, publicada en la Gaceta de Madrid el día 10. Era absolutamente antidemocrática, como que la patrocinaba el jefe del Gobierno, Antonio Maura, el que dos años después iba a reprimir la llamada Semana Roja de Barcelona sanguinariamente, hasta tal punto que en toda Europa se gritaba “¡Maura no!”, con tanta fuerza que el rey se vio obligado a cesarlo. Su artículo 84 es un modelo de autoritarismo que corta las libertades de pueblo, al negarle la posibilidad de elegir, aunque se llamase Ley Electoral, dada su exigencia de cumplirla o exponerse a los castigos por desobediencia:

El elector que, sin causa legítima, dejase de emitir su voto en cualquier elección efectuada en su distrito será castigado:
Primero. Con la publicación de su nombre como censura por haber dejado incumplido su deber civil, y para que se tenga en cuenta como nota desfavorable en su carrera administrativa, si la tuviera.
Segundo. Con un recargo de un dos por ciento de la contribución que pagara al Estado, en tanto no vuelva a tomar parte en otra elección.
Si percibiera sueldo o haberes del Estado, Provincia o Municipio perderá, hasta nueva elección, un uno por ciento de ellos. En caso de reincidencia quedará, además, inhabilitado para aspirar a cargos públicos electivos o de nombramiento del Gobierno, de la Diputación o del Municipio.

De modo que los electores incumplidores de su obligación quedaban expuestos a la pública censura, al darse a conocer sus nombres como réprobos vasallos de su majestad, condenados al ostracismo si eran funcionarios públicos. Y no sólo eso, sino que se les imponían penas pecuniarias, pagaderas hasta que se convocasen otras elecciones. Y los reincidentes eran echados a las tinieblas, incapacitados para aspirar a ser funcionarios, una de las apetencias favoritas de los jóvenes en aquella monarquía. Y había más todavía, según lo dispuestos en el artículo 85:

Para tomar posesión de todo destino público será requisito indispensable, en los mayores de 25 años, exhibir la certificación de haber ejercitado el derecho de sufragio en la última elección, o certificación de no ser elector, estar exento de esta obligación, o de haber justificado la omisión del voto ante la junta correspondiente.

El texto legal menciona “el derecho de sufragio”, pero en realidad era un deber impuesto obligatoriamente. Los derechos no se imponen, se ofrecen, mientras que los deberes se imponen inexcusablemente. No existían libertades públicas durante la monarquía de Alfonso XIII. Era lógico, puesto que esa monarquía derivaba de un golpe de Estado militar, y es sabido que de un golpe de Estado militar es imposible que se deduzca una democracia.
Es lo mismo que sucede con la monarquía del 18 de julio instaurada por el dictadorísimo en la persona de su sucesor a título de rey, el padre del actual monarca. Todo empezó con otro golpe de Estado militar, inspirado por los mismos motivos, y sus causas las padecemos ahora todavía.
Aunque no podemos quejarnos, porque si nos abstenemos de votar, dada la falta de alicientes en los programas políticos de los candidatos, ni nos expondrán a la vergüenza publica ni nos multarán. Eso es lo que hemos ganado en un siglo. Y bajo la misma dinastía.

* Presidente del Colectivo Republicano Tercer Milenio.
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