La educación en España: un conflicto permanente

La educación en España: un conflicto permanente

VV.AA. LQS. Enero 2021

Varios Ateneos y entidades republicanas hemos elaborado este documento, en el que intentamos dar respuesta a la pregunta: ¿Qué ocurre en nuestro país para que no seamos capaces de encontrar la estabilidad necesaria que todo sistema educativo requiere?

La LOMLOE, que ya es conocida como Ley Celaá, será la octava ley educativa desde que se estableciera el Estado del 78.

España no parece encontrar la solución que supere el conflicto en el que se desenvuelve el sistema educativo. Es el único país de Europa en el cual la educación se encuentra en un conflicto político permanente, inacabable, que nadie desea, pero que ningún gobierno logra resolver.

Los demás países europeos tienen sistemas educativos estables. Con leyes de larga duración y escasos cambios, no sometidas a los gobiernos de turno. Los gobiernos cambian, pero las leyes educativas permanecen, al menos durante largos períodos.¿Qué ocurre en nuestro país para que no seamos capaces de encontrar la estabilidad necesaria que todo sistema educativo requiere?

El Estado del 78 se construyó respetando los privilegios de los distintos grupos de poder de la dictadura. Era la exigencia de los mismos para tolerar un régimen constitucional, aunque ello le restara credibilidad democrática.

La Iglesia católica era uno de esos grupos. Era y es una de las organizaciones con más influencia social, y con un gran poder político y económico en España. Hay estudios muy serios con datos y análisis que así lo demuestran.

El reconocimiento y la garantía de su inviolabilidad se estableció mediante toda una estructura jurídica que constituye un armazón político imposible de desmontar, si no es desmontando el mismo Estado del 78. Esta estructura se basa en tres pilares documentales: La Constitución, Los Acuerdos con el Vaticano y la LODE. Ley por la que se reconocen los conciertos educativos.

Las tres normas, que están ligadas entre sí, contienen disposiciones difícilmente aceptables para un Estado que se define como una democracia.

La Constitución tiene artículos al respecto que son contradictorios, ya que en su redacción se hacen afirmaciones que se niegan en el párrafo siguiente.

Así el Art. 16 en su apartado 3 dice: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”.
Desde un punto de vista democrático, nada que objetar, si no fuera porque detrás del punto y seguido se añade el siguiente párrafo:

“Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y demás confesiones”.

Párrafo que ha dado lugar a ríos de tinta. Si se defiende la Libertad de Conciencia, entonces la sociedad como tal no tiene creencias. La sociedad es plural y su pluralismo ha ido en aumento desde el 78. Las creencias pertenecen al ámbito privado, no a la sociedad. Este párrafo parte de una falsedad: Que la sociedad tiene creencias. Y una vez establecido el falso punto de partida, se ordena el mandato constitucional de cooperación, con el que se vulnera la separación Religión/Estado, que debe imperar en toda democracia.

El Estado, a través de todos los gobiernos habidos desde 1978, interpreta que son los acuerdos con el Estado Vaticano los que explicitan este mandato constitucional de cooperación. Con lo cual quedan engarzados Constitución y Acuerdos. Y entonces surge otra contradicción más, pues si su validez, al parecer, se deriva de las creencias de la sociedad, el gobierno tuvo en cuenta las que consideró que esta (la sociedad) tenía en 1979, que es cuando se firmaron los acuerdos, sin que desde entonces ningún gobierno haya vuelto a averiguar si siguen siendo las mismas. Más bien todo lo contrario; fueron las creencias de 1979 las que dictaron las bases para los inmutables Acuerdos con el Estado Vaticano. Es decir, que lo de tener en cuenta las creencias se hizo una sola vez, hace más de 40 años, y nunca más. Por si acaso….

Los acuerdos con el Vaticano son cuatro y conviene recordar que el que trata sobre educación, es la norma jurídica que establece la obligatoriedad de la religión católica como asignatura, en las etapas obligatorias del sistema educativo. Acuerdos que también se firman con las religiones reconocidas oficialmente: católica, evangélica, islam y judía.

Al aplicar estos acuerdos en la Educación, se produce un choque tan frontal entre un Estado, que se dice democrático, que por mandato constitucional tendría que hacer cumplir que ninguna confesión tiene carácter estatal, que se llega a tales extremos en los que todo el montaje se convierte en una especie de comedia grotesca, pues todos los ministros de educación de todos los gobiernos desde el 78, han firmado los decretos que mandan que en cada uno de los cursos de primaria y secundaria se enseñe, y los alumnos aprendan, la doctrina cristiana, o bien la doctrina islámica, la biblia o las bases de la Torá. Incluso concretando los contenidos curriculares. Y así, se producen cosas verdaderamente estrambóticas y burlescas cuando vemos a un ministro de un gobierno aconfesional ordenando a menores de edad estudiar y conocer: La virginidad de María, La encarnación del Verbo, La Santísima Trinidad o incluso las enseñanzas del profeta Mahoma.

Pero aun siendo esta una contradicción muy grave entre el Estado del 78 y los fundamentos de toda Democracia, hay algo más grave aún, en lo que apenas los analistas y la crítica política han prestado atención:
El Artículo I del acuerdo sobre educación entre el Estado español y el Vaticano consta de dos párrafos. El segundo dice así:

“En todo caso, la educación que se imparta en los Centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana”.

Nunca la iglesia, ni sus sectores más integristas, han apelado a este artículo para el cumplimiento de sus exigencias. Desde luego, constituye un arma jurídica de tal calibre que si se aplicase estarían desterrados del sistema educativo la formación afectivo sexual, la explicación de la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho y no como un delito, el libre pensamiento y muchas más cosas de los conocimientos científicos y de las humanidades. Y este destierro sería a perpetuidad mientras sigan vigentes los acuerdos.

Salimos de la dictadura con un servicio público educativo de los más deficientes de Europa. Las tasas de inversión lo demuestran.

Y, por último, los conciertos educativos.

A pesar del gran desconocimiento de muchas personas, hemos de repetir una vez más que los conciertos educativos no se mencionan ni en la Constitución ni en los Acuerdos con el Vaticano. Y sin embargo es la tercera pieza del marco jurídico que protege los privilegios de la Iglesia Católica.

Los Conciertos Educativos fueron creados por una Ley llamada LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación) en 1985, con un gobierno socialista de mayoría absoluta, presidido por Felipe González, y que en su artículo 2 dice textualmente:
“Los poderes públicos, a fin de garantizar la gratuidad de la educación básica y dentro de las consignaciones presupuestarias fijadas al efecto, suscribirán conciertos educativos con los centros privados que deseen ser sostenidos con fondos públicos”.

Esta ley es uno de los mayores daños que se han hecho a la educación en España a lo largo de toda su historia. Lamentablemente es y será uno de los más graves errores del Gobierno socialista.

Salimos de la dictadura con un servicio público educativo de los más deficientes de Europa. Las tasas de inversión lo demuestran.
Pues bien, en vez de dedicar unas fuertes inversiones a la red pública, este gobierno dividió el sistema educativo en dos redes. Ambas sostenidas con fondos públicos. Con lo cual, si la inversión continuó siendo bastante inferior a la media de los países desarrollados de Europa, ahora esa inversión se divide en dos partes, una para la pública y otra para la privada concertada, que alcanza ya cotas del 20% del presupuesto dedicado a educación.

Pero lo grave no es solo la cuantía económica. Lo más grave en términos democráticos es que con fondos públicos se subvenciona un sistema cuyos propietarios privados no consienten ni toleran el más mínimo control por parte del Estado, porque lo consideran siempre una intervención ilegítima que ataca su libertad. El sistema de privada concertada contrata al profesorado con total discrecionalidad, lo mismo ocurre con la admisión de alumnos, incumplen las leyes que establecen las ratios en los grupos escolarizados, establecen jornadas laborales para el profesorado fuera de convenio, cobran cuotas de pago voluntario y consideran su derecho despedir a los alumnos cuyos padres no las pagan.

Todo esto, además de suponer un empobrecimiento del servicio público, ha traído consecuencias muy graves. La primera, la segregación del alumnado. La escuela privada concertada y sostenida con dinero público rechaza a los alumnos de colectivos de marginación social. La escuela privada con dinero público no ofrece puestos de trabajo en igualdad de oportunidades a todos los docentes. La escuela privada no cumple el derecho que asiste a los padres a una enseñanza gratuita en las etapas obligatorias. Los padres pagan.

– Los gobiernos del PP y sus leyes han legalizado como derechos todos los privilegios de la concertada: Libertad de escolarización, Libertad de contratación, Ausencia total de control estatal. En algunas comunidades Autónomas, cuyo ejemplo más significativo es la de Madrid, los abusos no tienen límite, con donaciones de suelo público para centros privados concertados y desgravaciones fiscales a los padres por las cuotas que pagan; o llegando a escolarizar alumnos en la concertada, cuyos padres solicitan la pública, por no dotar a esta de las plazas y recursos obligatorios.

– Los gobiernos del PSOE han tratado de establecer un cierto control a través de comisiones de escolarización, prohibición del cobro de cuotas, control de ratios. Pero su labor se limita, hasta ahora, a ponerlo en las leyes, tolerando, sin embargo, que la concertada no las cumpla.

Con la ley Celaá, el gobierno mantiene intocables los tres fundamentos de los privilegios en la educación para la Iglesia Católica. Se restablecen unos ciertos controles. Muy probablemente se tolerará su incumplimiento. De momento en la Ley Celaá hay disposiciones pendientes de aplicación. Los presupuestos generales, sin embargo, fijan ya un aumento del 5% para la concertada.

En realidad, todos los gobiernos desde 1978 han mantenido intocable la estructura jurídica que protege y garantiza los privilegios de la Iglesia en Educación.

Estas y no otras son las razones del conflicto educativo. Dentro de la Constitución del 78 no hay solución. Además de ser intocables los marcos jurídicos, aumentan imparablemente los fondos públicos a la privada concertada, a la vez que se deteriora la escuela pública que, sin embargo, es la que presta el servicio verdaderamente gratuito y universal a la mayoría de la ciudadanía.

El partido socialista hace un doble juego. En la oposición promete eliminar la estructura jurídica de los privilegios. En el gobierno nunca toca. Un juego que dependerá de la profundidad del conflicto y que, de momento, junto a otros problemas, ha llevado al bipartidismo a un desgaste del que, muy probablemente, no se recuperará.

Ciertamente es un problema de Estado. De este Estado con una Constitución monárquica. Porque solamente una República laica, progresista y que respete los principios de Libertad, Igualdad y Fraternidad, podrá establecer una Educación laica, gratuita, igualitaria, científica y humanista para todos los españoles, sin privilegios para nadie y con libertad e igualdad para todos.

* Redactor: José Luis Iglesias, vicepresidente del Ateneo Republicano de Asturias. Catedrático de Enseñanza Secundaria y ex inspector de Educación

Firman este documento: ATENEO REPUBLICANO DE ASTURIAS, ATENEO REPUBLICANO DE PATERNA. ATENEO REPUBLICANO DE VALLADOLID, COLECTIVO REPUBLICANO DE EUSKAL HERRIA, L’AMICALE DES GUÉRILLEROS ESPAGNOLS, SOCIALISMO Y REPÚBLICA-ASTURIAS

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