La prueba en la denuncia de la tortura…

Por Charo Rodero*
Crónica de las XIII Jornadas de formación en la denuncia de la tortura y malos tratos “La prueba en la denuncia de la tortura”, organizada por ALA -Asociación Libre de la Abogacía-, con la intervención de Amalia Alejandre, Nuria Pasamón y Francisco Etxeberria
Bajo el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, para considerar el delito de tortura de lesa humanidad han de concurrir, en conjunto, elementos como: la comisión de un ataque generalizado o sistemático, contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
El bien jurídicamente tutelado es la integridad física y mental del individuo.
En el ámbito interno, La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática incluyó la figura del Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, cuya principal función es la persecución penal de los crímenes de derechos humanos ocurridos desde el golpe de Estado de 18 de julio de 1936 y la dictadura, hasta la promulgación de la Constitución española de 1978. En cumplimiento de esta Ley, en julio de 2023, se procedió a la implementación de la Unidad de Derechos Humanos y Memoria, desplegándose territorialmente con el nombramiento de fiscales delegados en cada provincia.La Fiscalía investigará, por primera vez, las torturas perpetradas durante el franquismo por miembros de la brigada político-social en las dependencias de la actual Jefatura de Superior de Policía, en la Via Laietana de Barcelona, tras la denuncia interpuesta por Blanca Serra, en su nombre y en el de su hermana Eva, ya fallecida, que fueron detenidas en 1977.
El Protocolo de Estambul, conjunto de directrices internacionales para la evaluación y documentación de la tortura, adoptado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, (versión actualizada de 2022), proporciona herramientas para que los profesionales de la Salud puedan evaluar y documentar las heridas físicas y psicológicas causadas por la tortura, facilitando la presentación de pruebas ante los órganos de Justicia.
El 20 de julio de 2023 se publicó, en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 650/2023, de 18 de julio, por el que se aprueba el Protocolo de reconocimiento médico forense a la persona detenida, cuyo ámbito de aplicación se circunscribe a las personas detenidas que se hallaren bajo la jurisdicción de juzgados y tribunales y a disposición de las fiscalías, por los servicios de clínica forense de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Según los datos facilitados en las Jornadas, 961 personas denunciaron haber sido objeto de tortura y/o malos tratos de 2004 a 2014.
Nadie será sometido a torturas,
ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes.
(Artículo 5 de la Declaración Universal de los DDHH de 1948)
* Miembro del colectivo editorial LoQueSomos.
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