Rechazo a la propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Rechazo a la propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Por Agencia LQS*

“Una alarma social que responde y trata de salvaguardar “el negocio del miedo” que tributa al servicio de los intereses económicos de determinados actores que se dedican al “sector inmobiliario” como son empresas de alarmas de seguridad, empresas que se dedican a la “desokupación” y que, en muchos casos, actúan bordeando la legalidad, inmobiliarias, fondos de inversión…”

Comunicado:
Contra la reforma propuesta por varios ICAs

La Asociación Libre de la Abogacía (ALA) muestra su rechazo a la propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal realizada por los Colegios de la Abogacía de Madrid, Barcelona y Málaga de reducir las garantías constitucionales de protección del domicilio con el supuesto fin de combatir la “okupación”.

Con la excusa de perseguir la ocupación, las Juntas de Gobierno de los Colegios Profesionales de Madrid, Barcelona y Málaga proponen reducir a la mínima expresión la protección constitucional de la inviolabilidad del domicilio (artículo 18 CE), olvidándose de las causas de un problema social que va más allá de la delincuencia común.

Aunque no nos ha sorprendido la iniciativa, sí señalamos las contradicciones, intereses y ausencias de esta propuesta:

A) Las Juntas de Gobierno de estos tres Colegios se han arrogado indebidamente la voz de todas las colegiadas y colegiados que dicen representar. En sus programas electorales no recogían ninguna propuesta al respecto ni este asunto ha sido objeto de debate en sus Juntas Generales de colegiadas/os, por lo que sólo representan el propio parecer de los miembros que integran sus Juntas de Gobierno; siendo notorio que muchos de ellos están especializados en derecho inmobiliario en defensa de grandes tenedores y propietarios o son, directamente o mediante sociedades interpuestas, grandes propietarios. Les falta, por tanto, legitimidad representativa a la hora de proponer esta reforma, teniendo, incluso, intereses económicos que motivan la misma.

B) Los Colegios de la Abogacía tienen como fines los recogidos en el art. 67 del Estatuto General de la Abogacía, entre los cuales se encuentra “La protección de los clientes de los servicios de los profesionales de la abogacía”. Clientes de nuestra profesión son tanto los arrendadores que defienden su propiedad como los ocupantes de las viviendas vacías que defienden su derecho a la vivienda ante la ausencia de un parque de vivienda pública que lo garantice. Esta iniciativa, por tanto, supone una clara toma de partido en favor de unos defendidos y en detrimento de otros, discriminando a estos últimos de manera inmotivada.

C) Otro de los fines de estas Corporaciones es “la colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de la Administración de Justicia”, pero resulta muy decepcionante el escasísimo número de iniciativas en este sentido que estos Colegios, a través de sus respectivos Institutos de Innovación y Desarrollo, han presentado para cumplir este fin. En el ámbito penal resulta que las más visibles y que mayor publicidad han obtenido son dos reformas precisamente encaminadas a promover un mayor y más rápido castigo a las personas investigadas y a defender los intereses de sectores con alto poder adquisitivo. Estamos hablando de la propuesta de agravamiento de la multirreincidencia (1) y la presente sobre la ocupación ilegal. Con este vacío propositivo y el sesgo en las escasas propuestas hechas, resulta evidente, de nuevo, la posición partidista que los Colegios han tomado en detrimento de su papel de defensa de la Abogacía y de la ciudadanía, fomentando y alentando posiciones hacía la criminalización de la pobreza y sectores vulnerables.

D) A mayor abundamiento, la propuesta ni siquiera está fundada en datos reales; sólo responde a un pánico creado artificial e interesadamente, una alarma social que responde y trata de salvaguardar “el negocio del miedo” que tributa al servicio de los intereses económicos de determinados actores que se dedican al “sector inmobiliario” como son empresas de alarmas de seguridad, empresas que se dedican a la “desokupación” y que, en muchos casos, actúan bordeando la legalidad, inmobiliarias, fondos de inversión, etc.

Es más, según datos del Ministerio del Interior, en el año 2023 se contabilizaron en nuestro país, 15.289 denuncias por ocupación ilegal. Un 8,8% menos que el año anterior y un 11,5% menos que en 2021.

Y todo ello, teniendo en cuenta que las “okupaciones de vivienda” representan un 0,06% del total de viviendas de nuestro país, otro dato que desmonta la alarma social generada artificiosamente.

En conclusión, esta propuesta no es ni debe ser una actividad legítima de los Colegios de Abogados pues responde principalmente a los intereses personales y profesionales de los miembros de sus Juntas de Gobierno, se ha hecho en ausencia de información fidedigna que la avale y desprecia la naturaleza y fines de nuestras corporaciones.

Las Juntas de Gobierno de los Colegios de la Abogacía y, en particular, sus Decanos, no deberían confundir la defensa del Estado de Derecho con la defensa de los intereses económicos de determinados actores, máxime teniendo en cuenta la grave crisis de emergencia habitacional que atravesamos.

* Junta Coordinadora de la Asociación Libre de la Abogacía (ALA)

Nota:
1.- El ICAB presenta dos propuestas legislativas para combatir la multirreincidencia y la okupación ilegal

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