Acercar-Convivir. Revisar condenas
Pablo Mayoral Rueda/Alejandro Pacheco*. LQS. Julio 2018
No es objeto de este articulo hacer un comentario sobre consideraciones históricas, eso es objeto de los historiadores, pues para empezar no estamos hablando de una organización armada continuada en el tiempo, sino de varias organizaciones con un devenir distinto, ETA (V Asamblea), ETA (VI Asamblea), ETA (político-militar), ETA (militar)
Nuestros gobiernos han ido alimentando con el paso del tiempo, y de forma un tanto precipitada en los últimos meses, la idea de que la democracia consiste en el cumplimiento de las leyes. Nunca se ha definido así, sino como el sistema en el que la voluntad popular libremente expresada es la soberana. La fórmula clásica: gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo. Pero, en fin, ya que se han abonado a esa tesis “códigopenalista” de la democracia, lo mínimo que se les ha de exigir es que sean ellos mismos los primeros que cumplan las leyes. Y no es así. Y no es así, además, en derechos humanos y constitucionales básicos.
En su Declaración acerca de las Reglas mínimas para el tratamiento de reclusos, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos señala: “Art. 57. La prisión y las demás medidas cuyo efecto es separar a un delincuente del mundo exterior son aflictivas por el hecho mismo de que despojan al individuo de su derecho a disponer de su persona al privarle de su libertad. Por lo tanto (…) el sistema penitenciario no debe agravar los sufrimientos inherentes a tal situación”. Y: “Art. 61. En el tratamiento no se deberá recalcar el hecho de la exclusión de los reclusos de la sociedad, sino, por el contrario, el hecho de que continúan formando parte de ella”.
Según el articulo 25.2 de la Constitución las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción social. Alentar la imagen del encarcelamiento como castigo y venganza, imagen por desgracia heredada del ideario colectivo predemocrático, deslegitima a cualquier gobierno actual que lo haga. Se debe elegir un referente: o los derechos humanos o el infierno veterotestamentario. Y esto último es lo que se viene haciendo en España, muy en particular en lo que a los presos de ETA se refiere.
Oficialmente, no están presos por su sentimiento independentista vasco, por lo tanto no se les debe exigir renunciar a ello. Tampoco están presos por no denunciar ante la policía a sus compañeros de militancia, por lo tanto tampoco se les puede condenar por ello. Hay un hecho clave además: desde 2011 han decidido individual y colectivamente el abandono de la violencia y el cese definitivo de la actividad armada. Y lo han cumplido. Aun más: el 3 de mayo de este año ETA ha desmantelado totalmente sus estructuras y dado por concluida toda su actividad.
Organismos como la ONU y la UE se han felicitado por estas decisiones unilaterales, objetivamente verificables y voluntarias de ETA. Así se lo han transmitido en su momento a los gobiernos del Reino de España. Cualquier demócrata se felicitaría por la paz, porque la política se desarrollase en un marco de convivencia sin los estragos irreparables de la violencia. Pero… parece que a nuestros gobiernos les interesa más mantener la tensión como si nada hubiese cambiado. Y le interesa por motivos políticos, por mantener vivo el fantasma de un enemigo ya inexistente que sirva de coartada para tensar la represión y como pasto electoral para los partidarios del Estado como instrumento de odio y de venganza.
En justicia democrática, es obligado demandar al gobierno la adopción inmediata de medidas como el acercamiento de los presos de ETA a sus lugares de origen. Esta medida no es un premio: es la mera aplicación de la ley. La actual política de alejamiento es un castigo cruel que nada tiene que ver con la justicia ni con la prevención de las actividades armadas. En la Declaración de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos que antes hemos citado se dice textualmente: “Art. 79. Se velará particularmente por el mantenimiento y el mejoramiento de las relaciones entre el recluso y su familia”. El actual alejamiento es un castigo directo a familiares y amigos de los presos, que nada tienen que ver con actividades delictivas e, incluso, en no pocas ocasiones han hecho inmensos esfuerzos por promover el fin de las actividades armadas y la apuesta por una nueva convivencia.
No es objeto de este articulo hacer un análisis histórico sobre ETA. Eso es tarea para los historiadores. Pero sí cabe señalar que esas siglas no representan una única organización sostenida en el tiempo, sino varias, con un devenir distinto: ETA (V Asamblea), ETA (VI Asamblea), ETA (político-militar), ETA (militar)… Y, sobre todo, es obligado diferenciar la naturaleza de dos momentos y dos comportamientos: uno primero, en que ETA fue una respetada organización política y armada contra la criminal dictadura franquista; y un segundo, en el que continuaron sus acciones armadas a pesar de haber sido conquistadas posibilidades de actuación democrática, lo cual, en muchas ocasiones, fue de alta rentabilidad política para los gobiernos del Estado y un obstáculo para un desarrollo político mucho más amplio del movimiento soberanista democrático vasco.
Lo cierto es que van ya siete años desde que ETA anunciara el cese definitivo de su actividad armada, el 20 de Octubre de 2011. En este tiempo no se ha producido ni un solo delito achacable a esta organización ni a sus ahora “exmilitantes”. Lo lógico es que se avance en medidas que favorezcan la actual situación de ausencia de delitos armados y el reforzamiento de la paz y la convivencia. Sin embargo está pasando justo lo contrario. Los gobiernos del PP, con el señuelo de la lucha antiterrorista, han seguido incrementando las políticas represivas contra la ciudadanía en general y contra todos los colectivos que se atreven a denunciar esta situación.
Desde julio de 2015 se han impuesto cerca de 50.000 multas a ciudadanos por falta de respeto y/o consideración a agentes de policía. En los últimos años se ha encarcelado a cerca de 100 personas: sindicalistas, integrantes de piquetes de huelga, miembros de sindicatos, nacionalistas vascos, catalanes y gallegos, miembros de organizaciones culturales, artistas, raperos, poetas, titiriteros, anarquistas, jóvenes acusados de terrorismo por una pelea de bar, activistas… En particular en los últimos meses, personas y cargos políticos electos de Cataluña han sido procesados por defender de forma democrática y pacífica los compromisos políticos por los que fueron elegidos. La mayoría de ellos están encarcelados y otros han tenido que huir al exilio, en medio de un acoso policial sin precedentes.
Es lo que tiene la visión “códigopenalista” que señalábamos al comienzo. Cuando un problema político se aborda penalmente (porque no se quiere abordar de otro modo) ocurren inmediatamente dos cosas: una, el problema político se mantiene sin solución e incluso se agrava; y dos, aparecen inevitablemente los presos políticos. Es el Estado el que los convierte en presos políticos desde el momento en que los encarcela, no siempre y no tanto por lo que objetivamente hayan hecho (algo continuamente falseado), sino por el propósito político que persigue el mismo Estado con su encarcelamiento.
La defensa del ciudadano frente al abuso de autoridad es una obligación democrática. El acercamiento de los presos políticos a sus lugares de origen es aplicación de ley. La libertad provisional cuando no hay peligro de nuevos delitos o riesgo de fuga es aplicación de ley.
Si la mayoría de los partidos, organizaciones y colectivos progresistas y democráticos no nos ponemos a la tarea de exigir la libertad de los presos políticos y la adecuación a la ley de la situación penitenciaria de los encarcelados, estamos perdidos. El afán represivo de los poderes dominantes sólo se detiene cuando se le combate.
* Pablo Mayoral y Alejandro Pacheco son miembros de la Asamblea de redacción de LoQueSomos
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