Barbado y Zelaia: cuatro años de condena

Barbado y Zelaia: cuatro años de condena

Agencia Mp3. LQS. Febrero 2021

La Audiencia Nacional ha condenado a cuatro años de cárcel a Aitor Zelaia y Galder Barbado por ocultar en 2014 lo que el tribunal ha considerado probado «un delito de depósito de elementos para la confección de aparatos explosivos e incendiarios». La Fiscalía pedía ocho años de prisión para cada uno, mientras que las defensas reclamaron la absolución

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La magistrada señalada por Estrasburgo tras el juicio a Otegi condena ahora a cuatro años de prisión a Galder Barbado y Aitor Zelaia por “fines terroristas”…

En la sentencia, la sección cuarta del tribunal rebaja la pena que pedía para ellos la Fiscalía, de 8 años de cárcel, al aplicarles la prevista para el delito de tenencia o depósito de sustancias explosivas en relación con el de colaboración terrorista, en lugar del de terrorismo que pedía el fiscal, que obligaba a que los condenados sean parte de una organización terrorista.

Los magistrados, que les imponen un año de libertad vigilada, consideran probado que fueron ellos quienes ocultaron en 2014 los artefactos para elaborar explosivos encontrados el 4 de octubre de 2018 en un descampado próximo al antiguo depósito de agua de Durana (Álava), dentro de una bolsa contenida en un bidón de plástico.
El atestado de la Ertzaintza vinculó los materiales encontrados con actos de sabotaje contra Kutxabank registrados en Abetxuko, Agurain e Igorre en 2014, pero durante el juicio el instructor reconoció no tener ninguna prueba de ello, más allá de la sospecha de los agentes. «Era una línea de investigación prometedora, pero luego no se sustentó», añadió.
De esta forma, la Audiencia Nacional considera que lo hallado en el zulo, en referencia a unas huellas en bolsas de plástico, es «suficiente» para atribuirles el contenido de los mismos, a pesar de que quien encontró el bidón aseguró, en un primer momento, que podía llevar allí 25 años. «No se ha dado una explicación que descarte la relación de ambos con el bidón y su contenido», apunta la Sala.


La sentencia, asimismo, hace referencia a una mochila incautada a Zelaia en el registro de su domicilio. El agente de la Ertzaintza que redactó el atestado y declaró en el juicio la presentó como «una mochila de kale borroka» y la sala ha dado por buena esa declaración. Aquella bolsa contenía material que se empleó en un turno de seguridad del Hatortxu Rock de finales de 2018. Se trataba de bridas para atar las vallas, guantes, walkies para comunicarse, teléfonos móviles o cinta americana.
Zelaia explicó que se llevó ese material a Gasteiz desde Iruñerria para entregárselo a un responsable de Hatortxu que vive también en la capital alavesa. Este extremo fue corroborado por el responsable de organizar los turnos de Araba. La sentencia también hace alusión a que en el domicilio del joven alavés se encontraron baterías de una cámara de fotos y una camiseta con el lema «Etxera».

El texto del dictamen recoge las declaraciones de los dos jóvenes alaveses en la vista en las que manifestaron que se enmarcaban ideológicamente en la izquierda abertzale y mostraron su apuesta por las vías exclusivamente pacíficas.

Contra esta sentencia cabe apelación

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* Con información de Naiz y Hala Bedi

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