Bélgica: decir que los Borbones son unos ladrones, allí no es delito

Bélgica: decir que los Borbones son unos ladrones, allí no es delito

Agencia Mp3. LQSomos.

Victoria histórica de Valtónyc en Bélgica: castigar las injurias en la corona viola la Libertad de Expresión… poder decir lo que pensamos de la monarquía sin ir a la cárcel

El Tribunal Constitucional belga declara inconstitucional la ley de lesa majestad, equivalente a las injurias en la corona españolas

El Tribunal Constitucional de Bélgica ha declarado contraria a la Libertad de Expresión la ley de lesa majestad, de 1847 y hasta hoy todavía vigente, que preveía penas de prisión por injurias a la corona, de seis meses a tres años, en el artículo primero. El TC belga dice que esta disposición de la ley es contraria a la constitución belga y al Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Es una decisión histórica forzada por el proceso de extradición del estado español contra el cantante Josep Miquel Arenas “Valtònyc”. El Tribunal de Apelación de Gante pidió al Constitucional que dijera si era válida esta ley, es decir, si era respetuosa con la Libertad de Expresión, dado que es la ley equivalente al delito de injurias en la corona español. La decisión de hoy del TC belga cierra más la puerta a la pretensión española de extradición de Valtònyc.


Esta decisión del TC belga hace mucho más difícil para la Audiencia española conseguir la extradición de Valtónyc. Porque uno de los delitos por el que le perseguían, el enaltecimiento del terrorismo, fue prácticamente descartado porque el Tribunal de Justicia de la UE resolvió que España no podía pretender extraditarlo aplicando una definición del delito en el código penal que no era la misma que la del momento en que le condenaron.

Quedaba la condena por injurias en la corona. El tribunal flamenco quería ver si sobre las injurias a la corona existía la doble tipificación, es decir, que el delito por el que es perseguido en el estado emisor de la euroorden (España) tiene uno equivalente en el código penal del estado receptor de la euroorden (Bélgica). Y sobre el papel, sí era así, con la ley de lesa majestad, pero el Tribunal de Apelación de Gante tenía dudas –esgrimidas por la defensa de Valtónic– sobre la constitucionalidad de semejante delito, por lo que hace un año formuló una pregunta al respecto en el Tribunal Constitucional belga. La fiscalía belga –que actuaba en representación de la española– defendía su legalidad; la defensa de Valtónic argumentaba que la normativa violaba la Libertad de Expresión, y lo justificaba con diversas sentencias del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos contrarias a la aplicación del delito de injurias en la corona en España. El Tribunal Constitucional de Bélgica les ha dado la razón, y ha invalidado un delito que estaba vigente desde 1847.

Ahora corresponde al Tribunal de Gante decidir sobre la euroorden, teniendo en cuenta la decisión de hoy del Tribunal Constitucional. Todo apunta a que la rechazará. Pero todavía queda una última instancia judicial a la que podría recurrir la fiscalía para tratar de conseguir la ejecución de la euroorden: el Tribunal de Casación de Bélgica. Ahora, en el caso de Lluís Puig, la fiscalía desistió de llegar a esta última instancia porque vio el caso perdido.


Argumentos del Tribunal Constitucional de Bélgica

Tras analizar la norma, el TC belga concluyó que es “una pena especialmente severa” e “incompatible con la libertad de expresión”. Citando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el TC belga recuerda que, para respetar la libertad de expresión, el delito de injurias en la corona debe ser “necesario en una sociedad democrática”, es decir, que debe “responder una necesidad social urgente y que sea proporcional a los objetivos perseguidos”.

En la sentencia, el TC belga destaca que la ley de injurias en la corona de Bélgica “se adoptó en un contexto histórico fundamentalmente diferente del contexto actual” y que “las visiones sobre lo que se puede considerar necesario en una sociedad democrática” también han evolucionado. “Ni la irresponsabilidad del Rey ni la posición simbólica que ocupa en el Estado pueden justificar que la reputación del Rey esté más protegida que la reputación de otras personas”, defiende la resolución judicial, añadiendo sobre la ley en cuestión: “No responde a una necesidad social imperiosa y es desproporcionada con el objetivo de proteger la reputación de la persona del Rey”.

Por ello, ha concluido que la criminalización de los insultos al rey belga no es necesaria en la sociedad democrática actual, dado que las opiniones críticas contra instituciones, personajes públicos o el sistema constitucional de un estado se enmarcan en la libertad de expresión, tal y como marca la jurisprudencia del TEDH, especialmente la sentencia de Estrasburgo por el caso de Otegi y la sentencia Stern Taulats por la quema de fotografías del rey español en Girona.

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