Catalunya lidera la ruptura con el franquismo…
Cristina Calandre Hoenigsfeld. LQSomos. Diciembre 2016
…y la restitución de la legalidad republicana
Acaba de ser aceptada a trámite en el Congreso de los Diputados, una proposición de Ley presentada por el diputado de Esquerra Republicana, Joan Tardá: “Proposición de Ley de reconocimiento de todas las víctimas de la dictadura y de recuperación de la memoria histórica” (1).
Según la iba leyendo, me entusiasmaba y asombraba todavía más al ver que estaban, negro sobre blanco, todas las reivindicaciones presentadas desde hace años por las víctimas del franquismo, entre las que me encuentro.
Muchas han sido las propuestas de mejora a lo largo de estos años, y nulos los resultados, de la timorata Ley de la memoria Histórica de Rodríguez Zapatero, aprobada en diciembre del 2007, hace ya nueve años.
Consta la Propuesta de Ley de 17 páginas, y yo solo voy a comentarla por encima, ya que no soy jurista.
En el artículo 1º nos explica los objetivos de la Ley y sus fundamentos. En el artículo 2º trata de las modificaciones propuestas a la Ley 52/2007, conocida como Ley de la Memoria Histórica aprobada el 26 de diciembre de 2007 y al que dedica diez páginas, intercalando las modificaciones en los artículos de dicha Ley, dejándola irreconocible.
El artículo 3º se centra en el reconocimiento de la Verdad y el deber de recordar, para pasar en el articulo 4º al reconocimiento de la II República y declarar el día 14 de abril como “Día de la Memoria Histórica“. En el artículo 5º se incide sobre la necesidad de hacer una campaña institucional de la Historia de la II República española, detallando en el artículo 6º el deber de realización de una serie documental televisiva sobre la II República.
En el artículo 7º se propone lo mismo sobre la represión franquista, para en el artículo 8º proponer la incorporación de la Memoria Histórica al sistema educativo, en el artículo 9º impulsar la memoria histórica en las bibliotecas y el artículo 10º se centra en la divulgación de la represión cultural y lingüística.
Los artículos 11-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21 se centran en los homenajes a diferentes colectivos y organizaciones.
En el artículo 23º se crea un Consejo Estatal de Pedagogía de la Memoria Histórica. En el artículo 24º se propone la investigación de los fondos documentales del Estado durante la Transición para finalizar con el artículo 25, que trata de apoyo a las organizaciones de recuperación de la Memoria Histórica.
Todos pensarán que esta proposición de Ley no tiene futuro, ante el más que probable veto en la Cámara de partidos como el PP, Ciudadanos… y quizás el PSOE.
Pero Esquerra Republicana tiene un as debajo de la manga:
La reciente ley aprobada por mayoría, el 19 de octubre del 2016 en el Parlament de Catalunya “Ley de reconocimiento jurídico de las víctimas del franquismo” (2), (primera ley de desconexión) en donde se declaran nulas las sentencias de los tribunales franquistas, ya que estos eran ilegales, y en consecuencia sus procesos y sentencias fueron nulas y sin efectos jurídicos.
Esta Ley no puede ser impugnada por el Tribunal Constitucional, pues basa sus argumentos en la vigencia del Estatut de Catalunya que había sido aprobado por la II República en 1932 y estuvo plenamente activo en Cataluña hasta la derrota de la Republica, con sus tribunales, como el de Casación y el Procurador General de Catalunya y su departamento de Justicia, a pesar que desde el gobierno ilegal de Burgos, el 8 de abril de 1938, Ramón Serrano Suñer promulgara la derogación de dicho Estatuto ”en mala hora concedido por la República“.
Luego si esta ley catalana de reconocimiento jurídico de víctimas del franquismo sale adelante, como se supone, será un precedente y creará jurisprudencia para que la ley que se acaba de presentar al Parlamento español, también con el título de “Reconocimiento de las Víctimas de la Dictadura”, siga su tramitación.
El contenido de esta proposición de Ley rompe con el franquismo y deja abierta la posibilidad del camino a un proceso constituyente, para una nueva Constitución española, por supuesto republicana.
En el caso de que no se aprobara, opino que Catalunya seguirá su proceso independentista, con las siguientes leyes de desconexión, y en donde no podrán ser impugnadas por el TC, al estar ya, desde la primera ley (la de Reconocimiento Jurídico de Víctimas del Franquismo), insertadas en la legalidad republicana de la Constitución de 1931.
Siempre pensé que contra más memoria histórica, más República.
Notas:
1.- Proposición de Ley de reconocimiento de todas las víctimas de la dictadura y de recuperación de la memoria histórica”
2.- Proposició de llei de reparació jurídica de les víctimes del franquisme
Más artículos de la autora
Totalmente de acuerdo.
Podemos ayudar insistiendo en lo que puede leerse en los mas de 100 artículosmios en Lqsomos sobre la Junta para ampliación de Estudios (JAE).
Conseguido que el propio CSIC reconociera como “ilegal el regimen franquista ” ( y el golpe de Estado del 18 de julio de 1936) y por tanto ilegal la disolución de la JAE por un decreto franquista del 19 de mayo de 1938 desde Burgos .
Podemos trasladarlo a esta proposición de Ley de Esquerra Republicana, que no puede ser rechazada con el argumento que va contra la Constitución de 1978 y la seguridad jurídica, ya que con la misma argumentación , podemos decir que también va contra la Constitución de 1931, la Ley de creación del CSIC de 24 de noviembre de 1939(basada en el decreto ilegal de 19 de mayo de 1938) y entonces dicha institución científica es ilegal.
Ojalá sea así. Me temo que los herederos de los delincuentes que asaltaron la República, que son los que ostentan todo el poder en sus manos, no se lo van a permitir con toda su fuerza. Los de la Ley Mordaza en este asunto, como en tantos otros, tienen todo el apoyo de C’s y los veletas del PsoE para impedirlo.
Habrá que echar una mano a la República Independiente de Catalunya, porque en ello va nuestra Verdad, Justicia y Reparación, y, por supuesto, la III República.