No estamos tod@s, faltan l@s pres@s
Grupo Arenal Uno*. LQS. Marzo 2018
21 de febrero. La feria Internacional de Arte ARCO 2018 va a abrir sus puertas. Las obras ocupan ya los espacios, esperando las miradas de los visitantes (1). En la Galería Helga de Alvear hay una pared en blanco. ¿Estaba prevista así? ¿Qué iba a ocupar esa pared? ¿Dónde está? ¿Por qué ha desaparecido?
La pared es nada, es vacío infinito,
silencio, solo silencio,
nada expone, nada dice, nada se oye,
prohibido crear, prohibido cantar,
prohibido, prohibido, prohibido…
La pared vacía, pensamiento único.
Vacío.
Cinco días después, las paredes de la Fundación Anselmo Lorenzo no están desnudas (2).
Las imágenes de Santiago Sierra desplazadas de ARCO están expuestas. Los Presos Políticos en la España Contemporánea son ya visibles. El arte les ha puesto delante de nuestros ojos, contundente, explícito, desbaratando la mentira oficial del poder.
castigo, multa, condena, cárcel,
pres@s de la nada, pres@s del vacío infinito,
pres@s por decidir, pres@s por crear,
pres@s por cantar, pres@s negados,
son y están, pres@s, pres@s, pres@s.
Hay aquí reunidas muchas voces acompañando a Santiago Sierra, cómplices en su decisión de defender sin desmayo la Libertad de Expresión, la Libertad de Comunicación, la Libertad de Creación… la LIBERTAD sin más y con mayúsculas.
26 de febrero: un acto de réplica ante el retroceso galopante de los derechos democráticos en el estado español y su preocupante parecido con una dictadura. Y hablamos de todas las libertades, porque todas están amenazadas, y en primer lugar, de modo más extremo, la de los pres@s politic@s (3)
GRACIAS a l@s que pusieron su voz:
Santiago Sierra (“el” artista plástico, “el” irreverente)
Pablo Mayoral (La Comuna de Expres@s del Franquismo)
Eduardo Gómez (Red Jurídica Cooperativa)
César Strawberry (artista valiente y represaliado)
Mónica Hidalgo (No Somos Delito)
Elena Ortega (Madres contra la represión)
Víctor Jiménez (Miembro del SAT)
Jorge Merino (“No Caso 14N” de Logroño)
GRACIAS a José Ramón Palacios, a la Fundación Anselmo Lorenzo, que acogió el acto, la exposición, y todo fueron facilidades para poder organizarlo lo mejor posible, con compas así ¡da gusto!
GRACIAS a las carta de Jordi Cuixart, preso político catalán, y de Arnaldo Otegi, expreso político, gentes que defienden la paz, el diálogo, el derecho a decidir…
GRACIAS a Alba Villanueva de “No somos delito” que se lanzó a presentar, coordinar las intervenciones, y con sus sonrisas nos hizo más libres. A Arsenio Mayo, por el montaje y grabación del vídeo, combinación de estoicismo y primor. A Sabela Llerena del estudio de Santiago Sierra, su indicaciones y sus manos sirvieron para que las paredes esta vez tuvieran el contenido que queríamos. A El Garaje Ediciones, que publicó la revista/catálogo de la obra de Santiago, valientes y disidentes. A los compas de siempre, y ell@s saben quiénes son, y a nosotras LoQueSomos, que nos hicimos cómplices de principio a fin, y contribuimos con todo lo que pudimos al éxito de este acto necesario.
Pero las GRACIAS más grandes, son para l@s que vinieron, y dieron vida al acto, para l@s vecin@s de Madrid que se mueven y salen a la calle, l@s que no se rinden y no guardan silencio. ¡No nos rendimos! El otro mundo posible… lo queremos y ahora!
Nos apetecemos libres,
colores sediciosos, música insurrecta,
palabras rebeldes.
NO aceptamos el régimen,
Libertad de Expresión, Libertad de Creación,
Libertad de Comunicación,
Libertad, Libertad, Libertad (4)
Notas:
1.- CENSURADA!!! ARCO 2018: Santiago Sierra ¡Prohibido exponer!!!
2.- Réplica por la LIBERTAD DE EXPRESIÓN
3.- DEFINICIÓN DE PRESO POLÍTICO (página 63)
La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa reafirma su apoyo a estos criterios, resumidos de la siguiente manera:
“Toda persona privada de su libertad personal debe ser considerada como un “preso político”:
a) si la detención ha sido impuesta en violación de una de las garantías fundamentales consagradas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (ECHR, por sus siglas en inglés) y sus Protocolos, en particular, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de expresión y de información, la libertad de reunión y de asociación;
b) si la detención ha sido impuesta por razones puramente políticas, sin conexión con cualquier delito;
c) si, por motivos políticos, la duración o las condiciones de la detención están claramente fuera de proporción con el delito por el cual la persona ha sido declarada culpable, o presunta responsable;
d) si, por motivos políticos, él o ella son detenidos en forma discriminatoria en comparación con otras personas; o,
e) si la detención es el resultado de procedimientos que fueron claramente
injustos y ésta parece estar relacionado con motivos políticos de las autoridades”. (SG/Inf 2001)34, párrafo 10)
4.- A(s)CO 2018
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