Normalizando la corrupción ¡Carpetazo de la fiscalía!

Normalizando la corrupción ¡Carpetazo de la fiscalía!

Agencia Mp3. LQSomos.

La Fiscalía del Supremo archiva la investigación del Rey emérito. Ya sea por la inviolabilidad, por las regularizaciones tributarias (fuera de plazo) o a la falta de indicios (No buscados), no habrá querella, lo que abre la puerta al retorno del emérito

El carpetazo no sinónimo de inocencia, la culpa queda, pero no se juzga
¡Españoles! Preparaos para recibirle…

¡Qué no! Que a un Borbón no se le juzga, y menos en España. Ni si quiera se pone en duda su ética. La Fiscalía del Tribunal Supremo ha decretado este miércoles 2 de marzo, el archivo de la investigación abierta sobre el patrimonio en el extranjero de Juan Carlos I. En los decretos de archivo, firmados por el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, el Ministerio Público considera que no hay indicios de criminalidad sólidos contra el monarca emérito como para presentar una querella ante la Sala de lo Penal del Alto Tribunal.

En los dos decretos, la Fiscalía enumera todos los hechos por los que se ha investigado al Rey emérito: las posibles comisiones del AVE a La Meca, los regalos recibidos por el multimillonario mexicano Allen Sanginés-Krause y la fortuna oculta en la isla de Jersey.
El Ministerio Público concluye que no cabe perseguir penalmente a Juan Carlos de Borbón por su condición de inviolable mientras fue jefe del Estado, por la prescripción de los hechos delictivos, por las regularizaciones fiscales y por falta de indicios de delito en otros casos.

Por norma general, las diligencias de investigación terminan con la interposición de una denuncia o querella, judicializando el caso, acumulando las pesquisas a otras existentes o archivando las mismas. Cuando se archivan unas diligencias de investigación porque se entiende que no existen elementos, se termina con un decreto de archivo del fiscal.

Bla, bla, bla

Sobre las comisiones del AVE a La Meca, el Ministerio Público subraya que la investigación no ha podido establecer, “siquiera de modo indiciario”, vinculación alguna entre el referido ingreso de 64.884.405 euros y la adjudicación del proyecto de construcción de la línea de ferrocarril de alta velocidad en Arabia Saudí ni, por lo tanto, que dicha cantidad guarde relación con el pago de comisión alguna.

En el caso de los regalos del mexicano Sanginés-Krause, la Fiscalía indica que “no existe constancia de contraprestación alguna por las transferencias efectuadas entre los años 2016 y 2019 por Allen Sanginés Krause a Murga Mendoza y de las que ha sido beneficiario directo o indirecto” el monarca.
Sobre la fortuna oculta en la isla de Jersey, a través del trust The JRM 2004, el fiscal explica que entre los años 2004 y 2021 “no existe indicio alguno que permita vincularlo” con el Rey “ni en su gestión ni en la capacidad para disponer de los fondos; en ningún momento ha tenido la condición de beneficiario del trust ni consta que haya percibido cantidad alguna de sus cuentas”.
La Fiscalía explica que el JRM 2004 Trust fue constituido en Jersey el 9 de marzo de 2004 por Joaquín Romero Maura, con unos fondos iniciales de 14.923.604 euros. Los fondos procederían a su vez de la liquidación de dos trust el 9 de marzo de 2004. El primero de ellos, Tartessos Trust, fue fundado en 1995 con aproximadamente 4.000.000 de dólares; y el segundo, Hereu Trust, en el año 1997 con alrededor de 1.000.000 de dólares. Estos dos trust fueron constituidos en Jersey por Manuel de Prado y Colón de Carvajal, amigo íntimo de Don Juan Carlos, fallecido en el año 2009.

Las regularizaciones fiscales

En el caso de las regularizaciones fiscales, el fiscal jefe de Anticorrupción explica que las notificaciones de incoación de diligencias de investigación no podían tener, “en los momentos en que se realizaron, el carácter de trasladar el conocimiento formal del inicio de diligencias que activara el bloqueo temporal a la regularización que contempla el inciso final del apartado 4 del artículo 305 del Código Penal”.
El citado artículo sostiene que “se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el juez de instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias”.
“La Fiscalía no tenía entonces constancia del incumplimiento de las obligaciones tributarias, conducta que posteriormente ha quedado perfilada tras el análisis de las actuaciones practicadas y, particularmente, tras las declaraciones tributarias efectuadas por la representación de S.M. D. Juan Carlos de Borbón”, recogen los decretos de archivo.

Indicios insuficientes

Por otro lado, en un comunicado, el Ministerio Público explica que se han identificado cuotas defraudadas a la Hacienda Pública en el IRPF de los ejercicios 2008 a 2012 a través de la fundación panameña Lucum “en una cuenta del banco Mirabeaud de Ginebra, cuyo titular real fue Su Malestad Don Juan Carlos de Borbón, que “superan con creces el importe de 120.000 euros que el artículo 305 del Código Penal establece como umbral del delito”.
Sin embargo, el fiscal Luzón explica que la posible responsabilidad penal de los ejercicios de 2008 a 2011 estaría extinguida por la prescripción del delito. “No así la correspondiente al ejercicio de 2012 que, no obstante, tampoco sería susceptible de reproche penal toda vez que en aquella fecha y hasta el 19 de junio de 2014 don Juan Carlos de Borbón estaba protegido por la inviolabilidad que el artículo 56.3 de la Constitución española reconoce al jefe del Estado”.
En conclusión, la Fiscalía admite que la investigación desarrollada en el marco de estas diligencias de investigación no permite “ejercitar acción penal” alguna contra don Juan Carlos. El monarca emérito ha sido investigado durante más de dos años por la Fiscalía por delitos de blanqueo de capitales, contra la Hacienda pública, cohecho y tráfico de influencias.

Una noticia, o decisión, o montaje perfecto en medio de la locura desinformativa de la guerra, con las cámaras mirando al Este. ¡Qué bien lo montan desde Moncloa!

#Desborbonizar

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