Réquiem por una iniciativa legislativa popular
Democracia real, allá dónde estés, guarda en tu seno esta Iniciativa Popular…
Así podría comenzar una oración civil en alusión a un amplio proceso social en torno al derecho a la vivienda, y en concreto, a una de sus arterias principales. La Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por la dación en pago retroactiva, la paralización de desahucios y alquiler social ha representado, al menos en parte, una excelente forma de comunicación con la población.
Desahucios, dación en pago, cláusulas abusivas, estafa hipotecaria, escraches, subasta notarial, alquiler social, sobretasación, impunidad financiera, ILP, … Decenas de palabras hasta ayer desconocidas, hoy forman parte del vocabulario habitual de cualquier tertulia en la calle o en los platós de televisión. El debate social no ha venido sólo, lo han puesto encima de la mesa las víctimas de los desalojos forzosos y ejecuciones hipotecarias que no se han rendido.
El movimiento por el derecho a la vivienda aglutina hoy sensibilidades de casi cualquier ideología, con apoyos también en votantes de derechas. Como un cuerpo poco estructurado y en constante movimiento, deberíamos percibirlo más como un proceso de lucha social que como algo políticamente definido.
A principios del año 2012, la Iniciativa Legislativa Popular daba sus primeros pasos con la mirada puesta en conseguir 500.000 firmas y dar a conocer a la población sus reivindicaciones con los modestos medios con que contaba. A medida que se extendió la organización de los afectados en Plataformas de Afectados por la Hipoteca, grupos de vivienda, asociaciones de vecinos, asambleas populares, centros sociales, bloques de viviendas vacías ocupados, también se difundían las reivindicaciones de la ILP. Reivindicaciones básicas pero urgentes: paralización de los desahucios sobre vivienda habitual, dación en pago retroactiva y alquiler social en las viviendas adjudicadas a los bancos en ejecuciones hipotecarias. Las víctimas directas de la estafa hipotecaria (desahuciados, afectados por deudas perpetuas o personas en proceso de ejecución), asimilaron las peticiones como suyas y llevaron hojas de firmas a todos los rincones en condiciones muy duras. Al principio, una parte del activismo por la vivienda, entre el que me incluyo, consideró que la ILP contenía unas medidas muy tibias y que apelar a los procedimientos parlamentarios era apostar por un fracaso seguro. Pensábamos que la lucha que iba a hacer crecer el movimiento requería exigencias más contundentes como la expropiación de los pisos vacíos, la despenalización de la ocupación o la nacionalización de la banca. La Plataforma de Afectados por la Hipoteca era consciente de estas limitaciones y subrayaba en todas sus intervenciones que las medidas propuestas eran de “mínimos”, pero también consideraba la ILP más como una herramienta de articulación y generación de apoyo social que como un fin en sí mismo. Estas percepciones de unos y otros han ido cambiando a lo largo del proceso.
A principios de 2013, las reivindicaciones de la ILP han sido asumidas por la inmensa mayoría de la población [1], lo que representa una victoria con pocos precedentes. A partir de la entrada en el trámite parlamentario en febrero, la PAH junto con muchos colectivos lanzó la campaña de escraches a políticos de partidos que no se posicionaran a favor de estas medidas de “mínimos”. La práctica de los escraches fue asumida como legítima, ahora sí, por todo el movimiento y por una mayoría de la población. Sin el trabajo de base de año y medio de paralización de desahucios y recogida de firmas por la ILP, por señalar algunas de entre miles de iniciativas, no se hubiera generado el suficiente consenso y legitimidad social como para lanzar y sostener una campaña de señalamiento a políticos desconocida en nuestro país que ha mantenido un fuerte apoyo ciudadano a pesar de la campaña de criminalización mediática a la que hemos asistido desde marzo. Uno de los éxitos de la ILP, incluso ahora que ha sido rechazada, es haber cimentado un apoyo popular a un movimiento sobre el que, ahora, levantar propuestas más ambiciosas con un grado de legitimidad de inicio mucho mayor.
Una nueva legitimidad se abre paso
En el escrache a Soraya Sáenz de Santamaría, el 5 de abril, alrededor de doscientas personas leyeron durante veinte minutos un comunicado de apoyo a la ILP frente a la puerta del chalet de la vicepresidenta del Gobierno. Acto seguido su marido interpuso denuncia en comisaría por la que se abrieron diligencias contra 27 personas identificadas por la policía durante la acción. Se les denunció por coacciones, amenazas y concentración ilegal. El Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid, una vez revisadas las actuaciones policiales, decidió archivar la denuncia mediante Auto en el que destacaba el carácter democrático del escrache, amparado dentro del derecho fundamental de reunión y manifestación. El siguiente párrafo es bastante ilustrativo: “Como tiene declarado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los límites de la crítica admisible son más amplios respecto a un político en ejercicio, contemplado en este carácter, que los de un individuo particular pues a diferencia del segundo, el primero se expone inevitable y conscientemente a un control permanente de sus hechos y gestos tanto por los medios de comunicación como por el conjunto de los ciudadanos y debe, por lo tanto, mostrar una mayor tolerancia. Tiene sin duda derecho el político a ver protegida su intimidad, sobretodo en el marco de su vida privada, pero los imperativos de esta protección deben ponderarse con los intereses del libre debate de las idea políticas. Las excepciones a la libertad de expresión y reunión (que no es más que una proyección colectiva de la libertad de expresión efectuada a través de una asociación temporal de personas con la finalidad de intercambio o exposición de ideas, defensa de intereses, publicidad de problemas y reivindicaciones (STC 301/2006) requieren una interpretación restrictiva. [2] ” Por una denuncia similar en el municipio de Torrelavega, otro Juzgado también ha archivado una denuncia de este tipo.
Estas resoluciones apuntan a un estado de ánimo social que trasciende hasta estamentos judiciales. La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de marzo de 2013, también ha venido a dar la razón a los postulados del movimiento, al declarar que el procedimiento de ejecución hipotecaria español es contrario a la normativa de europea de consumidores. La STJUE considera que no admisible un procedimiento judicial sumario en el que no se pueden alegar las cláusulas abusivas que las entidades financieras han impuesto en los contratos de hipoteca. Un procedimiento así no garantiza el derecho a la defensa ni la igualdad de armas procesales. Esta declaración equivale a considerar ejecutados en vulneración de la tutela judicial efectiva (derecho fundamental recogido en el artículo 18 de la CE), los centenares de miles de ejecuciones hipotecarias despachadas desde el año 2007 en nuestro país, según datos del Consejo General del Poder Judicial. En un Estado de Derecho real, esta sentencia debería obligar a los responsables de Justicia a pedir perdón y adoptar medidas eficaces de reparación del daño causado por la violación del derecho a la defensa para miles de personas. Una medida a la altura de las circunstancias podría haber consistido en la apertura de una Oficina de Atención a Víctimas de la estafa hipotecaria que analizase, caso por caso, las condiciones en que se contrató la hipoteca, en que se dejó de pagar y en que se ejecutó judicialmente, arbitrando las reparaciones necesarias, entre ellas la recuperación de las viviendas y el levantamiento de los embargos de salarios.
El Gobierno aprueba una ley impostora
Una movilización sin precedentes contra la conducta antisocial de las entidades financieras en materia de vivienda, y una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de marzo de 2013, asunto C-415/11 (caso Aziz), han obligado al Gobierno a modificar la legislación española en materia hipotecaria.
Desde el pasado 15 de mayo de 2013 está en vigor la Ley 1/2013, de “medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social”. Una norma que legaliza los parches anteriores sobre desahucios que vinieron en forma de Real Decreto (Cógido de Buenas Prácticas y Moratoria de dos años), y que se han revelado en este tiempo como un rotundo fracaso al dejar fuera de su ámbito a la mayoría de personas afectadas.
Una primera valoración es que esta norma:
1.- No contiene ninguna de las medidas que reclamaba el movimiento: no hay dación en pago ni alquiler social ni paralización de desahucios.
2.- Mantiene prácticamente intactas las anteriores normas de “moderación” de los efectos de los desahucios como el Código de Buenas Prácticas (aplicado durante 2012 en menos de cien ocasiones) o la moratoria de lanzamientos para casos de especial vulnerabilidad. Estas medidas ya se demostraron inútiles por dejar fuera al grueso de la población afectada.
3.- No asume – incluso en ocasiones vulnera – las conclusiones de la sentencia del TJUE de 14 de marzo de 2013. No responde al daño ya causado en todos los procedimientos anteriores y que ahora se han declarado ilegales, ejecutados bajo una normativa que vulnera el derecho a la defensa del consumidor, y por tanto, la tutela judicial efectiva. En lo que respecta a los intereses de demora, contraviene incluso la doctrina del TJUE al legalizar la posibilidad de moderar los intereses abusivos permitiendo su recálculo por la entidad con el límite de 3 veces el interés legal del dinero, cuándo el Tribunal ha declarado que una cláusula nula, precisamente como castigo para la parte que la impuso, no es adaptable para su “regularización”.
4.- Contiene elementos de inconstitucionalidad como la discriminación por razón de edad a menores de 4 a 16 años, la posibilidad de recurrir en apelación el Auto que resuelve sobre cláusulas abusivas sólo en caso de que resulte perjudicada la entidad financiera, etc.
5.- Incorpora posibilidades de condonación de la deuda irreales. En este sentido, si el afectado logra abonar el 65% de su deuda en 5 años tras el desahucio, quedará liberado de la misma. Ídem si abona el 80% en el plazo de 10 años. Si tenemos en cuenta que la mayoría de impagos de hipoteca derivan de pérdida de empleo y que tras el desahucio deben afrontarse los gastos de un nuevo techo, la medida “de gracia” del Gobierno resulta casi ofensiva para las víctimas por ilusoria.
6.- No reconoce el derecho a la vivienda como Derecho Humano (arts. 25 Declaración Universal de Derechos Humanos, 11 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 8 Convenio Europeo Derechos Humanos). Al contrario, trata la vivienda como un mero inmueble objeto del tráfico mercantil, un bien que debe ser embargado para satisfacer el crédito del prestamista.
7.- Se establece un plazo sumarísimo de un mes desde la publicación de la ley (sirviendo el BOE como notificación procesal “por decreto”) para que, en los procedimientos en curso los ejecutados puedan alegar la existencia de cláusulas abusivas en el contrato. El plazo es tan reducido, sumándose la falta de notificación en persona, que parece que el objetivo de la norma es que la mayoría de afectados no pueda acogerse a ella. La PAH ha colgado un “kit de emergencia” en su página web para ser descargado por los afectados, con instrucciones legales para abogados en general de forma que se consiga un efecto masivo de impugnaciones de hipotecas en los tribunales [3].
En definitiva, el Gobierno del Partido Popular se ha retratado como el gobierno de los poderes financieros, en la estela de los gobiernos anteriores, evitando afectar los intereses de las entidades prestamistas, o lo que es lo mismo, manteniendo en lo básico un sistema hipotecario por el que millones de personas dedican seis años íntegros de salario para poder tener vivienda bajo amenaza de desahucio y exclusión social.
Una nueva esperanza
Después de más de un año de preparación y recogida minuciosa, firma a firma, de casi un millón y medio de avales a favor de la ILP, el Gobierno no pudo más que aceptar su discusión en el Congreso y el Senado. La iniciativa bien puede calificarse como la más popular de las Iniciativas Legislativas Populares, tanto por el número de firmas que la suscribían, como por el consenso social generado en su favor. La decisión gubernamental de admitir su discusión a trámite, constituyó una señal inequívoca de la reconfiguración en la relación de fuerzas a la que asistimos en estos momentos. La presión de un movimiento social entero, desde abajo y con propuestas concretas, representó aquel día una amenaza para el poder político constituido, que se vio obligado a ceder a la mayoría social. Aunque con posterioridad no se hayan aprobado las demandas, la pequeña victoria conseguida el 13 de febrero de 2013 es ya un punto de referencia en el ciclo de movilización creciente al que asistimos desde el inicio de la crisis. El lema “Sí se puede” representa hoy un estado de ánimo de confianza en sí mismo para millones de personas que, ahora de forma tangible, vuelven a creer en la movilización como el medio más adecuado para la defensa y promoción de los Derechos Humanos.
¿Y ahora qué? Esta pregunta debe ser respondida por el movimiento. El reto es aprovechar la fuerza acumulada, consolidar las estructuras locales de reciente aparición, reforzar las redes entre colectivos y mejorar la comunicación social. Para esa tarea, lo primero es hacer la pregunta a todo el movimiento. En este sentido, una fase de debate y elaboración colectiva por todo el Estado puede servir para consolidar lo que ya existe y seguir sumando. Hasta aquí podemos leer hoy, el resto de la historia se sigue escribiendo en este instante.
Notas:
[1] 90% de apoyo ciudadano a la dación en pago que proponía la ILP según encuesta de Metroscopia publicada en El País el 17-2-2013.
[2] El Auto completo está accesible en: www.caesasociacion.org
* Javier Rubio,abogado de la PAH (Plataforma de Afectados por la Hipoteca) y de Centro Asesoría y Estudios Sociales, CAES.