Colombia: Fuerza pública y democracia

Colombia: Fuerza pública y democracia

Por Pedro Santana Rodríguez*. LQSomos.

Un nuevo gobierno de transición democrática debe emprender sin demora la reforma a las fuerzas armadas y de policía. Esta es una tarea inaplazable como lo han recomendado todas las misiones que han examinado la situación de derechos humamos en Colombia

El uso de la fuerza en sociedades democráticas siempre es un problema que deben enfrentar los gobiernos y a lo largo de la historia ha sido una relación conflictiva. Hay consensos generales con acuerdo a los cuales ese uso de la fuerza es limitado, acotado, para que la legitimidad o en términos más precisos el uso legitimo de la fuerza esté limitado al cumplimiento de reglas de juego y controles que aún en democracias avanzadas han resultado insuficientes en determinadas épocas y coyunturas. Las Fuerzas Armadas deben estar bajo la dirección del poder civil, la misión de las Fuerzas Armadas se ha acotado principalmente a la defensa de las fronteras y en casos de crisis del orden público se admite la presencia militar siempre y cuando sea un cuerpo auxiliar de las fuerzas de policía que en las democracias son el brazo armado civil y por tanto no responden a la lógica de la confrontación sino de la protección de los derechos humanos que es la esencia de la Misión Institucional de los cuerpos policiales con estrictos protocolos de actuación en casos de confrontación o protestas sociales, como bien lo recordó el fallo de la Corte Suprema de Justicia del mes de agosto de 2020 (STC7641-2020).

La justicia penal militar debe ser restringida solo para los actos directamente relacionados con el servicio y ella no debería cobijar a los miembros de las fuerzas policiales sino a los miembros de las Fuerzas Armadas. La policía debe comparecer como en la mayor parte del mundo democrático ante los tribunales de justicia ordinarios. Las actuaciones tanto de las Fuerzas Armadas como de la Policía deben acatar los mandatos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos como del Derecho Internacional Humanitario. Tanto la Misión Institucional como las actuaciones de los cuerpos armados del Estado Democrático deben siempre respetar la vigencia de los derechos humanos.

En Colombia estamos a años luz de que estos principios y preceptos generales del uso legítimo de la fuerza corresponda a esos estándares de actuación. Por el contrario, y como producto de la larga confrontación armada interna con los actores armados de la insurgencia como de bandas ligadas al narcotráfico, así como de la aparición de decenas de grupos paramilitares la actuación de la las Fuerzas Armadas y de Policía riñe con estos preceptos generales de un Estado Democrático Liberal.

Nexos comprobados de altos mandos de las fuerzas armadas y de altos oficiales de la Policía en el impulso y organización de grupos paramilitares; nexos con carteles del narcotráfico a quienes no persiguen sino que prestan protección; planes de ejecuciones extrajudiciales que en Colombia eufemísticamente se han denominado como falsos positivos y que tienen a más de dos mil militares respondiendo por la ejecución comprobada de 6.402 civiles a quienes se hizo pasar por guerrilleros en los dos períodos presidenciales de Álvaro Uribe (2002-2010) como lo ha podido comprobar ya la JEP, que en unos cuantos meses, deberá producir su resolución de conclusiones para que las secciones de esta jurisdicción fallen en los dos casos más avanzados en donde, una veintena de oficiales, suboficiales y soldados que están siendo investigados por estos hechos en los departamentos del Norte de Santander y Cesar, que son los primeros casos documentados e investigados, al punto que contra ellos se ha dictado ya resolución de conclusiones preliminares frente a las cuáles los militares comprometidos deben o aceptar y colaborar u oponerse en cuyo caso será la Unidad de Investigaciones de la JEP quien debe investigar y presentar acusación ante la sección de la JEP que se ocupara de juzgarlos.

En la resolución de acusación de la JEP, este tribunal afirma que en los llamados falsos positivos no se trato de conductas aisladas de miembros de las Fuerzas Armadas sino de la presencia de estructuras criminales organizadas que actuaban en el interior de ellas, es decir, en el lenguaje corriente que no se trataba de manzanas podridas sino de la existencia de crímenes de sistema o sea de organizaciones criminales que actuaron dentro de la estructura institucional de las Fuerzas Armadas. Por ello se espera que la JEP no solo resuelva individualmente los casos sometidos a su consideración, sino que además ordene medidas de reparación a las víctimas y proponga cambios institucionales para que esto no vuelva a suceder.

Los hechos del pasado se repiten ahora

Se podría pensar que, con la comparecencia de más de dos mil militares ante la Jurisdicción Especial de Paz, JEP, la institución militar y el gobierno habrían aprendido de estos hechos, que se hubiesen tomado correctivos para que esto no se repitiera. Pero ha sucedido todo lo contrario. Los intentos abortados por las denuncias periodísticas sobre todo del New York Times pusieron de manifiesto la existencia de una directriz interna del mes de enero del año 2019 en que se volvía a repetir la matriz que estimuló la práctica de las ejecuciones extrajudiciales que se originaron en la directiva 29 del año 2005 que estableció el pago de recompensas por las bajas de guerrilleros.

Una directiva de enero de 2019 según el diario norteamericano (The New York Times 05.18.2019) señala que el jefe del Ejército de Colombia, el general Nicasio Martínez, habría dado la orden a sus tropas de duplicar el número de criminales y guerrilleros dados de baja o capturados e incluso hasta aceptar un incremento de la muerte de civiles si eso ayudaba a conseguir los objetivos en el campo de batalla. Según el artículo del New York Times suscrito por el periodista Nicholas Casey la directiva también incluía incentivos perversos a los militares que incrementen las bajas como vacaciones extras, por ejemplo. Y esto era entre otros incentivos los que contemplaba la directiva 29 del ministro de Defensa Camilo Ospina bajo el gobierno de Álvaro Uribe.

Pero no es solo asunto de directivas y resoluciones sino de prácticas y de todo un entramado que conduce a la impunidad. Una justicia penal militar que cubre a los militares y policías por actos criminales que no tienen relación con el servicio como ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas, ataques a la población civil, uso excesivo de la fuerza, perfilamiento e interceptaciones ilegales contra defensores de derechos humanos, líderes de la oposición y periodistas que han sido cobijadas por el fuero militar, y en dónde los tribunales judiciales de la jurisdicción ordinaria como el Consejo Superior de la Judicatura han tolerado con largueza. Eso no ha cambiado ni con la existencia de la justicia transicional.

Los hechos sucedidos en la vereda El Remanso del municipio de Puerto Leguízamo el día lunes 28 de marzo sobre las 7 de la mañana en donde tropas de la Armada Nacional y del Ejército atacaron militarmente a la comunidad que estaba terminando un bazar que había comenzado desde el día sábado 26, son prueba de ello. Según el informe de la Misión de Verificación de la Sociedad Civil el ataque militar se dio por la creencia que allí se encontraba alias Bruno jefe de las Disidencias de las FARC del frente La Frontera. El resultado de esta ejecución extrajudicial o falso positivo no puede ser más macabro: 11 civiles asesinados dentro de ellos un menor de edad, el presidente de la Junta de Acción Comunal de la Vereda El Remanso y el gobernador indígena del cabildo de la comunidad indígena que habita en esa región. Así mismo en el operativo fueron retenidos cuatro civiles acusados por las Fuerzas Armadas de ser integrantes de las Disidencias de las FARC que luego fueron puestos en libertad por orden de la fiscalía porque no había ninguna prueba que los vinculara con esa organización criminal.

Pero según el informe de la Misión de Verificación de la Sociedad Civil las irregularidades de esta masacre no terminaron ahí. La fiscalía llega cinco días después de ocurridos los asesinatos, las declaraciones que toman se dan con la presencia intimidante de los militares, la escena del crimen fue burdamente alterada, y en medio de todas éstas irregularidades y sin presentar ninguna prueba que los asesinados pertenecieran al frente la Frontera el ministro de la Defensa Diego Molano y los altos mandos militares insisten aún hoy que fue un operativo lícito y que se actuó bajo las normas del Derecho Internacional Humanitario. Es el colmo del cinismo.

Un nuevo gobierno de transición democrática debe emprender sin demora la reforma a las fuerzas armadas y de policía. Esta es una tarea inaplazable como lo han recomendado todas las misiones que han examinado la situación de derechos humamos en Colombia. Tanto los informes de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Michel Bachelet, de las Naciones Unidas como el informe de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, CIDH, lo dejó consignado en el informe del mes de junio del año 2021 sobre la represión brutal a las protestas sociales ocurridas alrededor del Paro Nacional iniciado el 28 de abril de 2021 y en el que murieron más de 78 civiles según organismos de derechos humanos y 48 según Naciones Unidas dentro de los cuales en 28 cabría responsabilidad directa de las fuerzas policiales.

La reforma de las Fuerzas Armadas es como ya dijimos inaplazable para que la población recupere la confianza en éstas instituciones, a las que el neofascismo uribista ha llevado al total descrédito y a su deshonra en Colombia.

* Pedro Santana Rodríguez es Director de la Revista Sur

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