El TSJC ratifica la condena contra un mosso d’esquadra por agredir a un periodista de la ‘Directa’

El TSJC ratifica la condena contra un mosso d’esquadra por agredir a un periodista de la ‘Directa’

Por Agencia Mp3*. LQSomos.

Las tres magistradas de la Sección de Apelaciones de la Sala de lo Civil y Penal sentencian que el antidisturbio Daniel MC golpeó con la porra a Jesús Rodríguez “de forma gratuita y con el ánimo de atentar contra su integridad física”

“Sin que ni él ni las pocas personas que le rodeaban estuvieran realizando ningún acto hostil, ni violento, ni agresivo, mediante la defensa le golpeó por lo que le causó una fractura oblicua de la primera falange de la mano izquierda”. Esta descripción de los hechos probados acordada por la sección décima de la Audiencia de Barcelona y que sucedieron el 25 de mayo de 2016 en torno al Banco Expropiado del barrio de Gracia de Barcelona ha sido ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Barcelona ( TSJC), y condena el antidisturbio de la Brigada Móvil Daniel MC por “atentar contra la integridad física [del periodista Jesús Rodríguez], de forma gratuita” a una pena de dos años de prisión, dos años de inhabilitación y suspensión para ejercicio de la actividad policial ya una indemnización de 7.265 euros.

De esta forma el TSJC desestima el recurso de apelación presentado en nombre del mosso d’esquadra por parte de su nuevo abogado Josep Maria Fuster-Fabra, con el que pretendía tumbar la sentencia argumentando, entre otros, “vulneración de garantías procesales, error en la valoración de la prueba, infracción de ley por aplicación indebida del precepto legal de agravante por uso de instrumento peligroso y vulneración del derecho a la presunción de inocencia”. Las tres magistradas de la sala de apelaciones descartan todos y cada uno de los pretendidos supuestos en una sentencia de 33 páginas que fue comunicada el pasado viernes al acusado y en Irídia, centro para la defensa de los derechos humanos, entidad que ejerce la acusación popular.

El texto donde se describe la verdad judicial de lo que ocurrió esa noche en Barcelona no deja margen por las dudas, ni del momento exacto ni de la autoría: “el agente acusado abandonó la línea formada por el resto de agentes y, después de adelantarse a su binomio que llevaba el escudo, se adentró hacia la plaza unos metros y se dirigió exclusivamente a donde se encontraba el perjudicado con un pequeño grupo de personas más, y le agredió con la defensa” . A continuación, además, ratifica el agravante por uso de la defensa como instrumento peligroso: “la calificación de la acción lesiva por el uso de instrumento peligroso deriva no sólo por las características del arma utilizada, sino también por la forma de utilizarla durante la agresión, así como por el concreto resultado lesivo producido”. Y finalmente descarta eximente alguna por el hecho de que el antidisturbio estuviera actuando en cumplimiento de un deber:

Una sentencia “contundente”

Anaïs Franquesa, abogada de la acusación particular, considera que la resolución del TSJC es “contundente”. “Después de revisar todos los vídeos y pruebas confirma que el policía es el autor de la agresión y que su actuación fue gratuita y con un uso de la fuerza que no estaba justificado”, asevera. La letrada detalla que a partir de ahora habrá que ver si la defensa del policía presenta recurso “por cuestiones jurídicas, discutiendo de nuevo posibles eximentes o si la sentencia se convierte definitivamente en firme”.

– Imagen de portada de Celia Atset.
* Enlace original: El TSJC ratifica la condemna contra un mosso d’esquadra per agredir un periodista de la ‘Directa’

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