Por primera vez desde 2012: El Supremo se pronuncia sobre Memoria Histórica
Agencia Mp3*. LQS. Marzo 2021
Comunicado de prensa de la Asociación soriana Recuerdo y Dignidad (ASRD) sobre esta nueva patada del Tribunal Supremo a las victimas de la dictadura franquista… los hechos están prescritos
La sentencia sobre la fosa de los maestros ignora por completo los informes de NNUU y cierra la puerta a la Justicia para los desaparecidos del franquismo
El pasado martes 16 de febrero de 2021, el Tribunal Supremo español volvió a pronunciarse, al cabo de 9 años, sobre la cuestión de los desaparecidos tras el levantamiento militar del 18 de julio de 1936. En esa fecha el Tribunal Supremo ha dictado sentencia sobre el recurso de casación interpuesto por la Asociación soriana Recuerdo y Dignidad contra el archivo de la causa de la conocida como fosa de los maestros.
Entiende el Tribunal Supremo que el recurso no debía haber sido admitido a trámite pero que si lo hizo fue porque “tratándose de un tema de prescripción habría que entrar sobre la materia, a fin de evaluar, si, en efecto, es viable o admisible la declaración de lo reclamado en cuanto al contenido del motivo”.
La sentencia desestima el recurso, sin hacer ninguna aportación novedosa con relación a la de este mismo alto Tribunal del año 2012, aquella dictada con ocasión del juicio seguido contra el juez Garzón por haber abierto y promovido investigar sobre las desapariciones en el marco de la guerra civil y el franquismo.
Dicha sentencia, de 27 de febrero de 2012, absolvía al juez pero consideró que cometió un error al realizar las investigaciones. Un mes después, el mismo Tribunal Supremo decidió un conflicto de competencias en el que determinó que los juzgados territoriales eran los competentes para atender los casos de desapariciones forzadas de la Guerra Civil.
El Tribunal Supremo en sus sentencias de absolución y competencia estableció expresamente que no procede la investigación penal por casos de desapariciones forzadas durante la Guerra Civil dado que estarían prescritos, los presuntos responsables estarían muertos, el carácter permanente de las desapariciones sería una ficción inaceptable jurídicamente y, de todas maneras, sería aplicable a ellos la Ley de Amnistía de 1977.
Esta combinación de factores es la misma que ahora emerge en esta nueva sentencia al cabo de casi 10 años y es contraria a los principios que emergen de las obligaciones internacionales de España.
Aquella sentencia de 2012 y esta de ahora han significado y significan en la práctica el cierre, archivo o mínima investigación de cualquier proceso para esclarecer y juzgar los miles de casos de desapariciones forzadas cometidas durante la Guerra Civil española y la dictadura.
Singularmente, la de ahora, omite toda referencia al Derecho Internacional, de los derechos Humanos y a las obligaciones que España tiene contraídas al respecto. Como si no existiese. Ni siquiera para desdeñarlo y ningunearlo como prácticamente siempre han hecho los tribunales españoles.
El Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas e Involuntarias, el Comité de Derechos Humanos, o el Comité sobre la Tortura, llevan años recordando a España sus observaciones y recomendaciones en materia de Verdad y Justicia a la luz de las deficiencias que, desde el punto de vista del derecho internacional, presenta nuestro sistema judicial y que impiden dar respuesta a las victimas respecto de los crímenes de la guerra civil y el franquismo.
La sentencia concluye otra vez que la Justicia no tiene respuesta para los crímenes de la guerra civil y el franquismo.
La sentencia se puede leer completa, con un clic aquí, PDF
Consecuencias
Esta sentencia apuntala la doctrina de los tribunales españoles en esta materia y seguirá consolidando la practica judicial de archivo de cuantas denuncias se presenten por desapariciones del franquismo
Y confirma lo que Fabián Salvioli, actual Relator Especial de la ONU para la promoción sobre la verdad, la justicia y la reparación y las garantías de no repetición declaraba en la XIV Semana de la Memoria Histórica y de los Derechos Humanos Giulia Tamayo en Soria:
“El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas cuando ha examinado a España, le ha señalado en la última oportunidad, con claridad, de que debe avanzar en los procesos de Justicia, en el proceso de accountability (rendición de cuentas) de las personas responsables de violaciones de derechos humanos, en el proceso de averiguación de la Verdad, en ayudar a las víctimas a llevar adelante el proceso de duelo, no dejarlas solas en el trabajo de exhumaciones y a muchas otras cuestiones que marcan una brutal deficiencia en el Estado Español en relación al proceso de Justicia Transicional”.
Juicios de la verdad y Justicia
La causa judicial de los maestros nace buscando Justicia, para averiguar las circunstancias de la desaparición y muerte de los maestros, identificar a sus responsables y si fuese posible lograr su castigo. En el marco de la denuncia, la Asociación facilitó datos y pistas para intentar conducir a la identificación de los responsables. Recuerdo y Dignidad desarrolló todas las tareas de documentación, localización de la fosa común, establecimiento de qué víctimas se encontraban en ella, localización de los familiares, señalamiento de posibles responsables o inductores etc sin que se investigara más por parte de la justicia.
A pesar de ello, la sentencia recoge que “desde las denuncias, y quizás también desde la instrucción, no se perseguía exactamente la incoación de un proceso penal dirigido a depurar responsabilidad penal contra las personas determinadas, o susceptibles de ser determinadas en la instrucción judicial, por hechos que revisten apariencia de delito. Mas bien, se pretendía mediante la demanda de tutela judicial la satisfacción del derecho a saber las circunstancias en las que el familiar respectivo falleció, en la manera en que se han desarrollado estos denominados juicios de la verdad en otras latitudes.”
Necesidad de modificaciones legislativas
En este sentido y, tras haberse pronunciado también recientemente el Tribunal Constitucional rechazando el amparo a Gerardo Iglesias por torturas, el único camino que se presenta capaz de revertir la imposibilidad absoluta de acceso a Justicia de las víctimas es que el Gobierno legisle removiendo los obstáculos que impiden investigar los crímenes, tal y como han exigido a España los distintos Grupos de Trabajo, Comisiones y Relatores Especiales de la ONU en materia de Derechos Humanos y Desapariciones Forzadas. En ese sentido es necesario que se deroguen mecanismos legales como la ley de amnistía y que se adecue la legislación penal a las exigencias del derecho internacional penal en materia de prescripción.
El anteproyecto de Ley de Memoria Democrática presentado hace unos meses sigue sin apostar por la Justicia por lo que desde Recuerdo y Dignidad requerimos al Gobierno para que incluya en el anteproyecto este pilar fundamental para afrontar nuestras responsabilidades frente a crímenes que repugnan a toda la humanidad, ocurridos durante el levantamiento militar, la guerra civil y el franquismo. Y que tome las medidas oportunas para que se pueda acceder a la Justicia en el Estado Español por parte de las víctimas.
La fosa de los maestros y su causa penal
Llamamos la fosa de los maestros al enterramiento clandestino donde se encontraban cinco maestros desaparecidos asesinados en Cobertelada (Soria) y que fue exhumada en septiembre de 2017. Los restos mortales de sus ocupantes fueron entregados a sus familias al año siguiente.
Entre ellos se encontraba Francisco Romero Carrasco, amigo de Antonio Machado, fundador de la Universidad Popular de Segovia, cuya vida y obra habían sido hechas desaparecer como su cuerpo. La ASRD localizó a sus familiares en Canadá días antes de la exhumación de sus restos mortales.
La denuncia presentada en esta causa de los maestros, conllevó la apertura de diligencias judiciales y que el Juzgado ordenase a la Guardia Civil la vigilancia y conservación de la fosa hasta que se produjera la “diligencia de levantamiento y exhumación”. La fiscal adscrita al Juzgado había interesado inicialmente que la exhumación se produjera conforme a lo previsto en la Ley de Memoria Histórica y en el acuerdo del Consejo de Ministros respecto al procedimiento a seguir en las exhumaciones, pero más tarde la fiscal jefe pidió sin más el archivo de las diligencias. Tras ese archivo inicial la ASRD consiguió la reapertura y que el Juzgado ordenara la presencia de Guardia Civil en la exhumación, así como presentar el informe de antropología forense y una batería de documentación probatoria sobre los asesinatos de los maestros y que ponía de manifiesto que habían sufrido una muerte violenta y habían sido enterrados clandestinamente, lo que permitía calificar los hechos como desaparición forzada y asesinato en un contexto de crímenes contra la humanidad que por tanto la Justicia tenía la obligación de investigar. Del amplio listado de pruebas que se solicitaron, solo se ordenó oficiar a la Policía Judicial para que informase acerca de la pervivencia, respectivamente, del comandante militar y del gobernador civil de Soria, a quienes la Asociación había podido identificar y de quienes poseía documentación inculpatoria. Al respecto, el Juzgado recibió informe en el sentido de que del primero constaba fecha de nacimiento, pero no de fallecimiento, aunque por su edad era imposible que sobreviviera y respecto del segundo se informó que habría fallecido. Con ello y sin más, en fecha 16 de octubre de 2018 el Juzgado volvió a poner fin a las diligencias, esta vez con una decisión de carácter definitivo: el archivo de la causa por prescripción de los delitos denunciados.
La exhumación de los restos mortales de los cinco maestros y dos personas más (aun sin identificar) se llevó a cabo gracias a una campaña de financiación por parte de la asociación soriana que se recogió en el siguiente enlace: https://recuerdoydignidad.org/exhumacionesensoria/
#NoHayMemoriaSinJusticia
* https://recuerdoydignidad.org/memoriahistorica/
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