Retrato de una infanta con dudas razonables
¿Qué no tendrá ya la infanta, que no la princesa?, se habría tenido que pregunta Rubén Darío esta semana. La infanta Cristina de Borbón salía de su trabajo en la Caixa, con la satisfacción del deber cumplido, con el rostro apacible de quien se sabe relativamente a salvo de un juicio. Tenga pleitos y los ganes, reza la maldición. Ignoro sin embargo si alguno de sus preceptores se la enseñó algún día.
¿Por qué esa sonrisa? Tiene un trabajo, se dirán: y ya es suficiente motivo para su sonrisa con su carpetita naranja y su chaquetita beige, rodeada de guardaespaldas y de periodistas. Quizá sea, acertarán a decir tal vez los monárquicos, un gesto de dignidad femenina o feminista. A fin de cuentas, el suyo es el único sueldecito que entra en casa aunque su marido, Iñaki Urdangarín, anda echando papeles a Qatar por ver si lo contratan de entrenador de balonmano antes de que tenga que meterse a organizar cacerías de elefantes en Bostwana, con alguna amistad íntima de su familia política. A pesar de la ley sálica, en La Zarzuela, de un tiempo a esta parte, parece que trabajan mucho más las mujeres.
Se equivocará sin embargo al sonreir, si es como consecuencia de que la Audiencia de Palma de Mallorca dejara el pasado martes en suspenso su imputación en la instrucción que sigue el juez José Castro en el sumario que investiga la comisión de delitos fiscales, de fraude a la Administración y malversación de caudales públicos a través del Instituto Noos. Ese auto avalado por dos magistrados, con el voto particular de un tercero, puede haberle salvado el tipo a la monarquía, o al menos su imagen, pero la deja ella al pairo en un mar de dudas razonables de las que, al menos por ahora, no podrá defenderse.
No habrá que remontarse necesariamente a la definición de Hegel para considerar que, en el derecho español, la imputación objetiva es la única figura que permite a una persona sospechosa de algún supuesto delictivo de personarse en una causa para despejar cualquier incógnita en torno a su comportamiento. Un particular tendría derecho a mostrarse satisfecho. Un personaje público debería, al menos, tentarse la ropa porque la desimputación de hoy puede dejarle al pairo mañana. De momento y tras el precedente de este caso, su padre ya no podrá decir a boca llena que todos los españoles son iguales ante la Ley: nunca un fiscal se ha comportado así en la fase de instrucción de un sumario.
Aquí, según numerosos especialistas en derecho, se ha quebrado el principio de igualdad que esgrimía sorprendentemente el fiscal Pedro Horrach para sustentar su insólito comportamiento. En cualquier otro caso, el juez habría dictado una providencia para que el imputado se presentara a declarar como imputado, lo cual le permitiría verse asistido de abogado, lo que no ocurriría en el albur de que sólo se le cite como testigo. Una vez en presencia del instructor, el imputado tendría conocimiento de los hechos delictivos que se le atribuyeran y el fiscal jamás apelaría. Al menos, hasta ahora nunca lo ha hecho. Quizá por ello, dentro del ámbito del Derecho, hay más voces críticas que sumisas respecto a la decisión de la audiencia de Palma, más allá, claro es, de las genuflexiones consabidas de algunos edecanes de palacio, dentro y fuera del perímetro de la Casa Real.
¿Quien defiende lo indefendible? Ni siquiera los dos magistrados baleares que aparentemente han sacado del apuro a la señora de Urdangarín: en la propia resolución, dejan la puerta abierta para reactivar su imputación por delito fiscal, a fin de conocer su participación en los beneficios obtenidos por la sociedad Aizoon, en la que ella cuenta con el 50 por ciento de las acciones y que, según la Agencia Tributaria, se trataba de una “sociedad pantalla con finalidad defraudatoria”, a donde llegaban buena parte de las ganancias ilegítimas del Instituto Noos.
Muy contenta debe estar, a falta de alguien que le cuente la verdad y no le siga dando gato por liebre: lo que se le viene a decir es que de momento no puede demostrarse que ha trincado, aunque se sabe que se ha beneficiado del reparto del botín: “La Infanta tenía el control funcional de la sociedad al ser titular del 50% del capital social, y por tal motivo podría estar en condiciones de impedir la defraudación a la hora de presentar las declaraciones del impuesto de sociedades de los años 2006, 2007 y 2008”.
Ni siquiera quienes le han exculpado parecen excuparla. Conociendo su comportamiento y tenacidad cabe preguntarse ahora cuánto tardará el juez Castro en proceder a su nueva imputación, una vez que cuente con indicios que demuestren esta hipótesis. ¿Volverá a recurrirla entonces la Fiscalía o la Abogación del Estado? Quizá para ese momento no sólo esté en riesgo la jefatura del mismo sino el Estado propiamente dicho.
Con ese auto se ha ganado tiempo, pero nada más. Y lo peor para la dinastía es que el tiempo juega en su contra. Mejor hubiera sido haber aceptado que pasara este mal trago antes de seguir probando otros acíbares en el futuro, porque probablemente los haya, a pesar de los pesares y de este auto cuya redacción subraya una obviedad como que no se puede estar investigando indefinidamente a nadie.
Su Majestad, hay un avestruz en la salita de estar. Y es su propio entorno, que tiende a creer que la tormenta ha pasado cuando usted y los suyos, no sólo su niña, siguen en el ojo del huracán. ¿O ignora usted también, como los magistrados, ese correo electrónico en el que Urdangarín refiere a su cómplice Diego Torres como su esposa le ha explicado las gestiones que estaba realizando el Rey para fraguar un negocio que finalmente no se llevó a cabo y, por ello, no forma parte de las piezas sumariales en en el Caso Noos?
El regalo envenenado le ha venido a la princesa de manos de un documento de cuarenta y cuatro páginas, suscrito por el presidente y ponente Diego Gómez Reino y de la Magistrada Mónica de la Serna. El voto particular de un tercer magistrado, Juan Jiménez Vidal, expresado tan sólo en diez, no sólo pone en solfa a la imputada desimputada sino al sistema propiamente dicho, incluyendo al ministerio público, cuyo comportamiento en este caso nos ha restado mucha confianza a aquellos que creemos que, en el futuro y tras la reforma necesaria de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, debiera ser quien asumiese la fase de instrucción de los sumarios y que el magistrado apareciese en la misma como simple garantista de nuestras libertades.
En su voto particular, Jiménez Vidal, parte de la idea de que “el fiscal es soberano en lo relativo a la acusación pública, pero no puede trasladar a la Audiencia, mediante el recurso de apelación, las resoluciones cotidianas precisas para llevar la investigación a buen fin”, por parte de la autoridad judicial competente.
“En la fase de instrucción –entiende Jiménez Vidal– la ley reserva al fiscal la facultad de adoptar medidas cautelares y practicar diligencias de investigación”. Y sentencia, es un decir, que “no parece que pueda encajar entre esas funciones recurrir las decisiones adoptadas por el instructor de naturaleza puramente investigadora”. ¿Se habría extralimitado la fiscalía en sus funciones? Por no decir otro nombre mucho más feo que también suele utilizarse en la jerga judicial.
Ahora, eso sí, qué celeridad y diligencia en la emisión de un auto tan complejo: la deliberación había sido señalada para el 20 de mayo y se ha resuelto el trece días antes. Visto lo visto, puede ser que tras las tasas de Ruiz Gallardón hayamos convertido la tutela judicial efectiva a tutela judicial en efectivo. Pero nadie podrá negar que en España existe justicia rápida. Quizá por tan buena noticia sea por lo que sonríe tanto la infanta Cristina, mientras se dirige a su automóvil con una funcional carpeta naranja y una muy ponible chaqueta beige, ornada con una escarapela en forma de estrella de mar que, a lo lejos, algunos tal vez confundan con un pulpo lleno de tentáculos. Lo mismo, en la intimidad, le ha puesto el nombre de Noos.