Victoria de CNT contra multinacional de hostelería
Por Agencia Mp3. LQSomos.
Ahora, la sentencia judicial obliga a la empresa no sólo a reconocer el derecho de aplicación del Convenio que solicitábamos para las trabajadoras que desempeñan funciones de intervención social, sino también el pago de las cantidades adeudadas junto a un incremento del 10% de demora…
La sección sindical de Eurest-Compass Group consigue una victoria más, que aunque ha sido ganada en los juzgados finalmente, ha sido posible gracias a la incansable defensa de las trabajadoras organizadas en CNT, que no han descansado hasta conseguir ésta reivindicación. Reproducimos la nota informativa de la sección sindical…
EUREST COMPASS GROUP: obligada a aplicar el convenio de Acción Social y pagar cantidades adeudadas a las trabajadoras de CNT
La multinacional de hostelería, Eurest Catalunya S.L.U – Compass Group, mediante sentencia judicial, ha terminado siendo obligada a aplicar el convenio de Acción Social y pagar las cantidades adeudadas a las trabajadoras del sector social organizadas en CNT. Trabajadoras del Comedor Social de Navas, servicio del que es responsable y propietario el Ayuntamiento de Barcelona, que externaliza la gestión a Eurest – Compass Group.
La sentencia llega después de más de un año defendiendo incansablemente la reivindicación y los puestos de trabajo mediante la acción sindical.
Eurest Compass Group gestiona en el mismo lote de contratación el Comedor Social de Navas y el Comedor Social de Paralelo. La empresa, que lleva años gestionando ambos comedores, aplica sueldo y condiciones del Convenio de Restauración Colectiva para las trabajadoras que desarrollan funciones de intervención social en dichos centros, con el perjuicio económico y laboral que ésto supone para éste sector del personal.
En julio de 2021 solicitamos por primera vez, mediante burofax, la aplicación del Convenio de Acción Social para dichas trabajadoras, además de, entre otras cuestiones, solicitar la regularización del contrato en fraude de ley y el descuento en nómina de la cuota sindical de una de las compañeras afectadas por el Convenio de aplicación.
Eurest nunca contestó a ese burofax ni a esas peticiones, hasta que meses después, fruto del conflicto sindical que se mantenía en aquél momento, quiso sentarse a negociar.
En aquella reunión, pese a que se consigue el contrato indefinido para la trabajadora, entre otras reivindicaciones que afectaban a otros centros, la empresa niega toda posibilidad a aplicar el Convenio correcto. Negando pues, la mejora de condiciones para las trabajadoras.
La justificación por parte de la multinacional se basó en afirmar que no podían aplicar de ningún modo dicho convenio, mediante supuestos motivos legales. Motivos legales que cómo hemos podido terminar de comprobar por sentencia judicial, no eran tales.
Desde CNT no nos creímos las excusas. En primer lugar, porque no velamos sólo por conseguir aquello que contemple la legalidad, sino que aspiramos a conquistar aquello que es justo para los trabajadores y trabajadoras.
Y en segundo lugar, porqué aún dentro del marco legal, sabíamos que existía la posibilidad: bastaba con negociar un nuevo acuerdo sindical con CNT, que tendría toda la validez legal, en el qué se equiparasen sueldos y condiciones laborales (vacaciones, jornada, etc.) de acuerdo al Convenio de Acción Social para las trabajadoras afectadas y organizadas en CNT.
Así, lo único que impidió la aplicación del Convenio y la mejora de condiciones laborales fue el orgullo patronal. Y por ende, la poca voluntad de querer sentarse a negociar con CNT.
Aquél mismo año, 2021, desde la sección de CNT, nos reunimos también con el Consell de Relacions Laborals de la Generalitat de Catalunya. Fruto de ello, desde éste órgano oficial, se elaboró un dictamen, que establecía que el convenio de aplicación debía ser el de Acción Social. Tal cómo solicitábamos a la empresa.
Pusimos en conocimiento a la empresa de la existencia de éste dictamen. Pero pese a ello, tuvo que pasar más de un año, una denuncia y un juicio en el Juzgado de lo Social, para terminar obligada a cumplir con las legítimas reivindicaciones que formulamos desde la sección sindical.
Pues bien, no suficiente con todo ello, el contrato o pliego de prescripciones técnicas del Ayuntamiento de Barcelona que regula los comedores sociales que Eurest gestiona, recogía lo siguiente: que el cálculo de los costes económicos para la ejecución del servicio se hacían contemplando ambos convenios: Hostelería/Restauración Colectiva y Acción Social. Del propio contrato se desprende que el Ayuntamiento debía remunerar a la empresa con el debido convenio, no obstante, de haberse abonado, ése dinero todavía hoy no ha llegado a las trabajadoras. Dinero que recordamos, proviene de fondos públicos.
Ahora, la sentencia judicial obliga a la empresa no sólo a reconocer el derecho de aplicación del Convenio que solicitábamos para las trabajadoras que desempeñan funciones de intervención social, sino también el pago de las cantidades adeudadas junto a un incremento del 10% de demora. Cantidades que van desde los 150 a los 500€ brutos mensuales, dependiendo de la categoría aplicable a cada trabajadora: directora o licenciada. Ésto ha supuesto aproximadamente una monta total de unos 10.000€ adeudados en sólo un año, sumando el total de la deuda generada hacia las 2 trabajadoras.
Sabemos de primera mano que la empresa hubiese preferido que tratásemos ésto como un conflicto individual o como algo meramente económico. Algo de lo que nos terminásemos cansando, o que pasase a los Juzgados de la forma más discreta posible. Se equivocaban si pensaban que ésto podía pasar en CNT.
Celebramos ésta victoria más, que aunque ha sido ganada en los juzgados finalmente, ha sido posible gracias a la incansable defensa de las trabajadoras organizadas en CNT, que no han descansado hasta conseguir ésta reivindicación.
Prueba de ello es que para Eurest Compass Group la diferente normativa legal suponía papel mojado: desde los propios Convenios en cuestión (y el ámbito de aplicación que regula cada uno), al dictamen del Consell de Relacions Laborals o el mismísimo contrato con el Ayuntamiento de Barcelona, que establecía el pago económico que reclamábamos.
Por eso, ha sido imprescindible la organización y la acción sindical, porque sin ello, sin la capacidad de generar y tomar acciones desde los centros de trabajo, hasta lo legal cae en saco roto.
De la misma forma, el mismo dictamen que ha apoyado parte de la sentencia, emitido por el Consell de Relacions Laborals, se pudo obtener como representación sindical. Dictamen que tampoco habríamos obtenido sin la acción de las propias trabajadoras afectadas, que se movilizaron para realizar éste trámite y obtener la resolución.
De igual forma, hasta la fecha, realizamos varios repartos de octavillas frente al centro de trabajo y el Institut Municipal de Serveis Socials (IMSS), órgano del Ayuntamiento de Barcelona del que depende directamente el comedor social. Visibilizando el conflicto y las reivindicaciones de las trabajadoras.
Por todo ello, no nos asusta afirmar lo más mínimo que estamos más fuertes que nunca. Y que estamos convencidas de que la próxima victoria sindical, será la readmisión del delegado de sección, trabajador del Tanatorio Sancho de Ávila, de Grupo Mémora.
Desde CNT hemos vuelto a demostrar que es posible mejorar e incidir directamente sobre nuestras condiciones como clase trabajadora. Y es posible sin necesidad alguna de tener liberados, vividores del sindicalismo, subvenciones o participar de las elecciones sindicales y Comités de Empresa.
CNT es el único modelo en todo el Estado que se organiza sin privilegios entre trabajadores, sin horas sindicales ni remuneración alguna por hacer sindicalismo.
Nos basta el apoyo mutuo, la solidaridad y el compromiso.
* Sección Sindical CNT – Eurest/Compass Group
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