La ansiada amnistía

Emilio Zara. LQSomos. Diciembre de 2013

Sólo hace unos días. En el edificio judicial donde trabajo, coincidí en el ascensor, como muchas veces ha ocurrido, con un guardia civil, aunque esta vez ocurrió un detalle digno de resaltar: al tiempo que pretendía entrar en el ascensor, la puerta comenzó a cerrarse recibiendo un pequeño golpe en el hombro; entonces,  con furia y sin volverse  para ver qué había pasado, le echó mano a la pistola que pendía de su cinturón. Cuando se dio cuenta de su acto reflejo ni siquiera se excusó ni tampoco dijo alguna palabra que suavizara la situación. Ambos subimos juntos en el ascensor, callados.

Era un guardia civil que, por su edad, seguramente había estado ejerciendo en plena juventud durante la Transición. Su acto reflejo era, pues, consuetudinario. Me lo imaginé, durante todo el tiempo que el ascensor nos trasladaba, resguardando el orden público en las manifestaciones y participando en los interrogatorios de alguna Comandancia y, una vez realizada su misión, su retorno, con el deber cumplido y la conciencia tranquila, a su trabajo rutinario en algún Puesto de la Guardia Civil del extrarradio, sin recapacitar lo más mínimo que en la realización de esas tareas pudo haber cometido varios delitos puesto que una de las consignas que tenían era la de no pensar más allá de las órdenes que recibían. Él y otros muchos como él, con facultades, o no, de mando, aún permanecen en activo y con los delitos perpetrados amnistiados.

Cuando se debatió en el Congreso de los Diputados la Ley de Amnistía de 1977 el debate no dejó de ser una mera pantomima, pues los acuerdos para su aprobación ya estaban adoptados. El 14 de octubre de ese año, en poco más de dos horas, se deliberó una ley de tanta transcendencia. No hubo enmiendas ni a la totalidad ni al articulado y el debate consistió simplemente en la explicación de voto. Y no hubo debate ni enmiendas porque, sencillamente, no se respetaron las normas para su tramitación.

Para la tramitación de cualquier proposición de ley regía, en aquel momento, el Reglamento de las Cortes de 1971, el cual no se aplicó porque se dictaron normas específicas para la tramitación de la proposición de ley de amnistía, que, como se acaba de indicar, no se cumplieron. El día 11 de octubre de 1977 el Boletín de las Cortes otorga plazo –siete días, ya que la tramitación era urgente–  para presentar enmiendas a la totalidad o al articulado. Se dispuso que, una vez transcurrido ese plazo, la presidencia convocaría al pleno a partir del segundo día hábil a fin de aprobar o no el texto y sus enmiendas, en su caso. Por tanto,  el pleno no se convocaría hasta finales del mes de octubre. Sin embargo, el pleno del Congreso, al tiempo que debatía el Reglamento provisional de la Cámara, acordó, el día 13, antes de proceder a levantar la sesión –la larga sesión del día–, el sometimiento a los diputados de una propuesta que había sido adoptada por unanimidad en la Junta de Portavoces. Esa propuesta consistía en alterar el orden del día fijado en su momento y que preveía como punto tercero la constitución definitiva de la Cámara, pasando por delante el punto cuarto, que era la proposición de ley de amnistía en trámite de urgencia. La explicación: razones urgentes de política. No hubo más explicación ni tampoco la exigió ningún diputado ni se manifestó objeción alguna, seguramente para dar por acabada de inmediato la larga sesión. Pero  en esa sesión del día 14 tampoco se dio opción alguna a presentar enmiendas y a los diputados que pretendieron presentarlas no se les permitió aduciendo que así se había acordado por la Junta de Portavoces, cuando en realidad no era eso exactamente lo convenido. Se obvió, por tanto, un trámite esencial y el texto fue aprobado casi por unanimidad, como es notorio.

Esas prisas por aprobar la ley tal y como figuraba en la proposición las justificaron algunos diputados con la esperanza de futuras modificaciones. Sirva de ejemplo las siguientes palabras del diputado Fuejo Lago: “…como demócratas no somos dogmáticos, pero sí somos realistas. Hoy por hoy, en esta coyuntura política nos parece lo mejor posible. Mañana, en el esplendoroso mañana a que aspiramos los socialistas, la modificaremos, la cambiaremos o lo que sea necesario, para evitar hacer perennes las situaciones de injusticia que hoy se nos imponen, pero que con toda sinceridad nos parecen ahora imposibles de evitar”. La propia UCD invoca la ley de amnistía como de tránsito porque estima que es imprescindible  una inmediata reconciliación y, una vez terminado el proceso democrático, se concluiría su elaboración. Pero nunca más, en los años siguientes, por parte de los socialistas ni centristas se volvió a retomar el tema. No era necesario: la ley ya estaba publicada.

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