La Corona y la Ley
Los insultos a la Corona constituyen un crimen de LESA majestad tipificado en los artículos 490 y 491 del Código Penal español, que prevé penas de prisión de cuatro a veinticuatro meses. Este delito ha sido y es un tema de controversia entre las fuerzas políticas y ha sido al mismo tiempo, un motivo de controversia en varias ocasiones, por ejemplo, en el proceso llevado a cabo en 2007 contra la revista satírica El Jueves.
El delito de difamación está contenida en la Ley 10/1995 Corona, de 23 de noviembre, del Código Penal en su Título XXI, denominado Delitos contra la Constitución. El capítulo II incluye la Ley de Delitos contra la Corona, que incluyen:
[…] El Rey o cualquiera de sus ascendientes o descendientes, la Reina consorte o el consorte de la Reina, al Regente o algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero […] arte. 485.
En el punto 3 del artículo 490 mencionado anteriormente se establece que:
"El qué calumniase o injuriase al Rey o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, la Reina consorte o el consorte de la Reina, al Regente o algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, en el ejercicio de sus funciones o la celebración de o con ocasión de ella, será castigado con penas de cárcel de seis meses a dos años si la lesión o la calumnia fueron graves, y la multa de seis a doce meses si no lo son.
Y en el 491:
1. La calumnia y la difamación en contra de cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior, y fuera de los casos previstos en el mismo, será castigado con una pena de multa de veinticuatro meses.
2. Implorase multa de seis a veinticuatro meses cuando se utiliza la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o la Reina consorte o el consorte de la Reina, o el Regente o algún miembro de la Regencia, o el Príncipe heredero, en cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
Críticas a la legislación en defensa de la Corona
De diferentes sectores sociales, políticos y judiciales se viene criticando la tipificación de injurias a la Corona como delito. Los principales argumentos se utilizan para limitar el derecho a la libertad de expresión, que los privilegios de la Familia Real española por delante de los demás ciudadanos y que su castigo es contraproducente para los intereses de la monarquía.
El 13 de septiembre 2007, Giulia Tamayo, de la ONG pro-derechos humanos Amnistía Internacional, dijo que su organización había enviado escritos al Ministerio de Justicia y al Fiscal del Tribunal Supremo, en la que se les pide que compruebe la legislación española para garantizar los derechos de los periodistas.
En la sesión parlamentaria del 22 de abril de 2008, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida (IU-ICV-ERC) presentó una propuesta de Ley de despenalizar los insultos a la Corona sobre la base de que su castigo afecta a los fundamentos del sistema democrático y es en forma desproporcionada.
El 10 de octubre de 2008, un grupo de 50 abogados, principalmente de las Islas Baleares, Cataluña y Valencia presentaron en el Colegio de Abogados de Barcelona un manifiesto expresando su preocupación por el enjuiciamiento constante de las personas relacionadas con la quema de fotografías e imágenes de la familia real. Destacan que la sobreprotección de la Corona puede chocar con el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española de 1978. Además de que por ser una institución impuesta, debe aceptar las criticas por parte de la ciudadanía. El objetivo del manifiesto es promover el debate en torno a este tema en los colegios profesionales y en la sociedad en general
El 15 de octubre de 2008, la ONG Reporteros Sin Fronteras pidió la reforma de la legislación por injurias a la Corona, que perjudica la libertad de expresión.