La Ley de Memoria Democrática no llega a la Audiencia Nacional: Arturo Ruiz

La Ley de Memoria Democrática no llega a la Audiencia Nacional: Arturo Ruiz

Por Agencia Mp3*.

A pesar del archivo queda el voto del magistrado José Ricardo de Prada, que explica muy bien “el derecho a la verdad”… La sección primera de la Audiencia Nacional ha archivado el recurso de súplica presentado por los hermanos de Arturo Ruiz, quienes atendiendo a la Ley de Memoria Democrática pretendían la reapertura del caso

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Los magistrados Francisco Vieira y Jesús Eduardo Gutiérrez, con el apoyo de la fiscal Ángela Gómez Rodulfo, detallan que los hechos han prescrito y por tanto no puede perseguirse al autor del asesinato, el ultraderechista José Ignacio Fernández Guaza, que huyó al extranjero poco después del crimen.

Afirman además que no puede aplicarse la Ley de la Memoria Democrática que obliga a investigar todos los hechos del franquismo, porque no consta que el asesino, aunque fuera un terrorista, estuviera relacionado con aquella dictadura.

Voto particular contrario al archivo

Pero el fallo tiene un voto particular, del magistrado José Ricardo de Prada, que rebate los argumentos de sus compañeros. Recalca que la investigación dejó claro que el asesino formaba parte de un “grupo criminal armado con conexiones con las fuerzas de seguridad del Estado”, que tenía la “intención de obstaculizar el tránsito” hacia la Democracia y utilizaba para ello “el terror” y la “violencia política sistemática” para la “supervivencia de la dictadura franquista”.

“Arturo Ruiz García. 19 años. Albañil y estudiante… Se había convocado una manifestación en la Plaza de España, en demanda de la amnistía de los presos políticos. El gobierno civil la había prohibido e hizo un extraordinario despliegue policial por la zona. Las cargas fueron violentísimas y los grupos de manifestantes se dispersaron. Algunos llegaron a las calles adyacentes a Callao[…] Un grupo de cuatro fascistas apareció dando gritos de “Viva Cristo Rey”. Un hombre de unos 50 años, con un abrigo Loden verde, empuñaba una pistola. Dio algún tiro al aire. Junto a él, otro individuo más joven, con un guantelete de hierro en la mano, cogió el arma y disparó directamente al grupo de jóvenes manifestantes que trataban de escapar. Una bala entró por la espalda de Arturo Ruiz y le atravesó el corazón. La policía retuvo a otro grupo de Guerrilleros de Cristo Rey para soltarlos en el acto; en realidad les protegió de los jóvenes que les gritaban asesinos…”

Reprocha a sus compañeros magistrados que incumplan la ley

De Prada recuerda que la Ley de Memoria Democrática, con independencia de si el criminal se hubiera beneficiado o no de la amnistía de 1978, reconoce a las víctimas el “derecho a la verdad” y obliga a investigar los hechos, por lo que critica con dureza a sus compañeros y les acusa de obviar la Ley.

En concreto, este magistrado afea a sus compañeros y a la fiscal que “desoye el marco normativo” y lo “inaplica” acudiendo al “subterfugio de negar sin más que se den los presupuestos de vigencia en el caso de la norma, lo que como vemos, no es cierto”.

José Ricardo de Prada lamenta en su voto particular que el tribunal no haya “entrado en el debate” ni otorgue la “tutela judicial” a los hermanos de Arturo Ruiz, así como que no haya dado cuenta de estos hechos al Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, para que en su función de defensa de la legalidad, hubiera instado lo procedente al respecto.

Arturo Ruiz fue asesinado de dos tiros por la espalda el 23 de enero de 1977 en la calle de la Estrella de Madrid. Al día siguiente moría por un bote de humo la estudiante María Luz Nájera y esa misma noche, la orgía de sangre tardofranquista concluía con el asesinato de los cinco abogados de Atocha, a manos de terroristas de ultraderecha. Arturo tenía 19 años. Su asesino José Ignacio Fernández Guaza jamás ha pagado por ello.

Los hechos y la sentencia de 1978

Arturo Ruiz era un estudiante de 19 años de origen granadino que el 23 de enero de 1977 participó en una manifestación pro-amnistía en la plaza de España de Madrid. Según la sentencia que juzgó los hechos en la Audiencia Nacional y a la que ha tenido acceso la SER, después de ser disueltos por la policía, junto con un grupo de amigos huyó por la calle de la Estrella hasta la plaza de Santa Maria Soledad Torres Acosta.

Allí les esperaba un grupo de afectos al antiguo régimen. Sagrario Rodrigo, acompañante de Arturo Ruiz, advirtió la actitud hostil de ese grupo y los señaló al grito de “¡son policías!”, a lo que uno de los agresores respondió que eran “Guerrilleros de Cristo Rey” al tiempo que avanzaba hacia ella en actitud amenazante “con una manopla de hierro”. Los manifestantes huyeron excepto Arturo Ruiz, que con “una piedra en cada mano” se “aprestó a enfrentarse” al de la manopla de hierro.

En ese momento, el único condenado por estos hechos, el argentino Jorge Cesarsky, “ferviente simpatizante en España de la situación imperante hasta la Ley para la Reforma Política”, según la sentencia, sacó su pistola de calibre 7.65 y disparó al aire, momento en el que tanto Sagrario como Arturo echaron a correr por la calle de la Estrella.

Es en ese instante cuando según la sentencia, alguien del grupo de fascistas de quienes más tarde se descubriría su vinculación con la Triple A, arrebató el arma a Cesarsky y disparó dos veces por la espalda a Arturo, que cayó al suelo fulminado, muriendo de forma instantánea.

A Cesarsky, único condenado por los hechos, le cayeron 6 años por terrorismo y tenencia ilícita de armas y ni tuvo que indemnizar a la familia de la víctima. El asesino, según una docena de testigos, fue José Ignacio Fernández Guaza, que contaba entonces con 29 años de edad y que supuestamente huyó al extranjero y jamás ha pagado por su crimen.

* Con información de la Cadena SER

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