¡No a los transgénicos en Nicaragua!: protejamos la biodiversidad
Urge la creación de un marco jurídico para la protección de los recursos genéticos.
Nicaragua es unos de los países con el mayor nivel de biodiversidad del planeta. Cuenta con más de 13 mil especies y el 5 por ciento de la biodiversidad mundial. Estos recursos genéticos representan alrededor del 75 por ciento de sus exportaciones, asumiendo una importancia equivalente a la que el petróleo tiene para los países altamente industrializados. Sin embargo, en Nicaragua hay todavía una asignatura pendiente: crear un marco legal para la conservación y el uso sostenible de su biodiversidad
La Ley General del Medio Ambiente, aprobada en 1996, estableció que se tenía que elaborar una legislación específica en materia de biodiversidad. Han pasado 15 años y todavía no se ha logrado llegar a un consenso alrededor de ese tema.
“Es algo primordial para Nicaragua, porque quiere decir que la biodiversidad ha tenido su política, sus planes y su estrategia, pero no una ley y un reglamento que definan un marco legal para su conservación y uso sostenible”, dijo a Sirel, Julio Sánchez, miembro del Centro Humboldt y de la Alianza de Protección a la Biodiversidad-Nicaragua (APB-N), que la Rel-UITA integra.
En 2006 se presentó en el Parlamento un proyecto de ley que fue consensuado con todos los sectores involucrados. Luego de un largo proceso de consulta y negociación, en 2010 se logró terminar su revisión y ajuste a los nuevos avances tecnológicos y jurídicos.
“Se privilegiaron varios aspectos, como por ejemplo priorizar la conservación en los centros de orígenes y que las comunidades indígenas y rurales tengan poder decisional y una participación justa y equitativa de los beneficios derivado del uso de la biodiversidad. Asimismo, se trató de garantizar y proteger los conocimientos y las prácticas ancestrales de los pueblos, y definir un sistema de cobro por licencia y permisos otorgados”, explicó Sánchez.
La última palabra la tiene ahora el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARENA), que deberá enviar al Parlamento los cambios aportados al texto del proyecto de ley, para que sea dictaminado y presentado al plenario para su discusión y aprobación.
Alarma transgénica
Si bien el proyecto de ley sobre Biodiversidad no toca directamente el tema de los organismos genéticamente modificados (OGM), su aprobación contribuiría a evitar que exista contaminación genética en el país.
“En este momento la mayor manifestación sobre la regulación de los OGM es a través de las ordenanzas municipales de Territorios Libres de Transgénicos y la creación de la Comisión de Análisis de Riesgo de Organismos Vivos Modificados (CONARGEM), que se conformó en el marco de la Ley 705” (1) afirmó Sánchez.
Esta Comisión, que actualmente está definiendo todavía los instrumentos de funcionamiento y su reglamento interno, tiene la obligación de regular la posible entrada y presencia de transgénicos en el país, lo cual no implica una aprobación segura, sino un análisis previo de los riesgos y posibles impactos.
“Tenemos que pensarlo muy bien, porque Nicaragua no necesita de transgénicos. Tenemos suficientes recursos genéticos para no caer en el juego de las transnacionales, que con su propaganda quieren convencernos que sus semillas son mejores”, aseveró el experto en biodiversidad del Centro Humboldt.
Actualmente, más de 20 municipios en Centroamérica se han declarado libres de transgénicos, 5 de los cuales se encuentran en Nicaragua.
Lamentablemente, el territorio nicaragüense ya ha experimentado la presencia ilegal de OGM.
En julio de 2005, durante el gobierno de Enrique Bolaños, el Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR) emitió la resolución No. 034-2005 (2) con la que autorizó “la importación de maíz amarillo genéticamente modificado para el procesamiento y consumo animal”, correspondiente a 15 eventos descritos (3) por un periodo de 5 años. El hecho, como en tantos otros países, nunca fue dado a conocer públicamente.
Asimismo, entre 2005 y 2007, la APB-N denunció la presencia de OGM en la ayuda alimentaria del Programa Mundial de Alimentos (PMA) y de la variedad transgénica de arroz LL601.
Notas:
(1) Ley sobre prevención de riesgos provenientes de organismos vivos modificados por medio de biotecnología molecular
(2) Publicada en la Gaceta Diario Oficial n. 142 del 25-07-05 Reg. No. 09370 – M. 1541651
(3) Polen estéril: 676, 678, 680, MS3, MS6. BT: 176, BT1, CT1507, MON863 y MON810. Tolerantes a glufosinato: T14, T25 y DLL25. Tolerantes a Glifozato: GA21 y NK603
* Fuente: Rel-UITA