La prisión perpetua en España
Descarga libre del libro La prisión perpetua en España. Razones de su ilegitimidad ética y de su inconstitucionalidad, un trabajo de Julián Ríos.
La nueva de reforma del código penal, del Ministro de Justicia, introduce en nuestro ordenamiento la pena de prisión perpetua…
Las leyes penales viven un continuo proceso de reforma, es uno de los síntomas de nuestro tiempo. La idea del código como cuerpo legal sólido y con voluntad de permanencia es algo del pasado. Cada nuevo responsable político del área de justicia e interior –hubo un momento en que ambas temáticas se concentraron, subordinando el derecho y los derechos al orden y la seguridad, de lo que da cuenta la definitiva e incuestionada ubicación orgánica de la administración penitenciaria– emprende una modificación de las leyes reproduciendo una arraigada creencia de que así se actúa en beneficio de la sociedad, y a mayor gloria del modernizador. Como se explica en este libro, el debate sobre la reforma es un juego retórico de pura abstracción, que se confía a las lógicas del oportunismo, un juego para el que no es preciso conocer el impacto y las consecuencias de las normas vigentes, es decir para qué han servido y cuáles son sus efectos.
El proyecto de reforma del código penal que va a introducir en nuestro ordenamiento la pena de prisión perpetua también se desentiende de la realidad en la que trata de intervenir. Tenemos la criminalidad violenta más reducida de los Estados de la Unión Europea, la población penitenciaria más elevada y nuestros condenados cumplen los más largos periodos de prisión. Es por ello que, según algunos datos estremecedores que nos ofrece el libro, 351 presos mayores de 70 años están recluidos en nuestras prisiones ¿Cómo puede ser? Son varios los factores que explican ese sinsentido; aquí hemos de atender a la centralidad de la pena de prisión en nuestro sistema y al fracaso de las alternativas a la privación de libertad. En este contexto se trae al espacio público la pena de reclusión a perpetuidad, a la que se denomina, un eufemismo, pena de prisión permanente revisable. El problema de una sanción de esa naturaleza es que no hay garantía alguna de que no se convierta en una pena definitiva de por vida, algo que, en su caso, se imputará al lado del condenado por su actitud renuente y rebelde a la reinserción social, argumento esgrimido por uno de los valedores del cambio, como comprobaran al leer este ensayo.