Todo es posible
Juan Gabalaui*. LQS. Diciembre 2020
La mayor parte de la policía que comete actos racistas lo enmarca dentro del cumplimiento del deber. No es racismo, es cumplir la ley. Así creen salvar su integridad moral. Si ya es grave la comisión de actos racistas, lo es más la ausencia de reconocimiento, análisis o reflexión dentro de la policía
Hay personas que critican que se visibilicen los controles de identidad racistas porque se considera que atacan a los cuerpos policiales. No les importa que esto sea una realidad y que afecte a la vida de muchos inmigrantes y personas racializadas sino el prestigio de los policías a los que consideran almas limpias, sin mácula alguna. Hacen lo que tienen que hacer. Una de estas personas, cuando era más joven, se bajaba a la frontera del sur a dar hostias a los moros. Supongo que porque se lo merecían. O porque era su deber. Es Guardia Civil. Son las mismas que aplauden que a una persona se le juzgue dos veces como al político Otegi. O rabien contra Bildu mientras se niegan a condenar la guerra sucia y las torturas del estado contra detenidas y sospechosas de formar parte de un grupo terrorista. Supongo que también se lo merecían. Estas posturas tienen que ver con un modelo de sociedad en el que no importan los medios para conseguir el fin que se propongan. Este simple planteamiento condiciona el tipo de sociedad en la que se quiere vivir. Si no me importan los medios, la tortura, la pena de muerte o detener a una persona por el color de su piel son aceptables.
Prefiero las personas que reconocen lo que son a las que viven ofendidas cada vez que se les señala lo que son. Prefiero a una racista que dice que lo es a una racista que se defiende panza arriba porque le han dicho que si llama puto negro a una persona de color es racismo. Dentro de lo malo al menos tiene principios. Aunque sean una mierda. Es vergonzoso que desde [el ministerio de] Igualdad se lancen sospechas de que los policías somos racistas. Esto es el titular de una noticia, redactado por un diario conservador, que resume las declaraciones de un representante de un sindicato policial. No es vergonzoso que haya prácticas racistas en una parte de la policía sino que se diga que las hay, lo cual es tachado como una fake news porque identificar por el color de la piel no es un acto discriminatorio, ya que es un indicio real y plausible de que esa persona es inmigrante y se puede comprobar su situación legal en España. Dicen que no es un acto discriminatorio pero las personas inmigrantes de piel blanca o aspecto occidental, que no tengan regularizada su estancia en el país, no tienen de qué preocuparse. Solo si eres una persona racializada. No se consideran racistas por lo que hacen sino porque dentro del marco de la prevención de infracciones de la ley orgánica 4/2000 (1) se dice que lo que hacen no es discriminatorio. O eso dicen que dice.
No queda otra que acudir a la ley. En el artículo 23 hace referencia a los actos discriminatorios y dice que constituyen actos de discriminación a) Los efectuados por la autoridad o funcionario público o personal encargado de un servicio público, que en el ejercicio de sus funciones, por acción u omisión, realice cualquier acto discriminatorio prohibido por la ley contra un extranjero sólo por su condición de tal o por pertenecer a una determinada raza, religión, etnia o nacionalidad. Los actos discriminatorios son definidos como todo acto que, directa o indirectamente, conlleve una distinción, exclusión, restricción o preferencia contra un extranjero basada en la raza, el color, la ascendencia o el origen nacional o étnico, las convicciones y prácticas religiosas, y que tenga como fin o efecto destruir o limitar el reconocimiento o el ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en el campo político, económico, social o cultural. Como las leyes son interpretativas, un buen abogado o juez con un adecuado ojo racista podría extraer de este artículo que sí se puede identificar a una persona por su color de piel. En la justicia todo es posible.
Si nos vamos a la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana o ley mordaza (2), en el artículo 16 se dice que los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción. Parece que en este apartado sí podríamos encontrar motivos para que la policía defienda que la identificación por motivos raciales no es racismo. El color de la piel es un indicio de que se haya cometido una infracción. Suena todo a racismo pero ¡ojo! esto lo dice una ley y las leyes están para obedecerlas, porque sino las patas del estado de derecho se fragmentan y se cae todo el tinglado. Si es un indicio se puede identificar a las personas racializadas. Esto se contradiría con otro apartado del artículo que dice que en la práctica de la identificación se respetarán estrictamente los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación por razón de nacimiento, nacionalidad, origen racial o étnico, sexo, religión o creencias, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Se coge la parte que interesa.
Entonces un diario conservador escribe un artículo sobre la [sobre]reacción de algunos sindicatos policiales ante una campaña de información para prevenir las identificaciones a personas racializadas lanzada por el Ministerio de Igualdad, ofendidos porque se les llama racistas y atenta contra su prestigio, y se explica a las lectoras que no son racistas porque hay sentencias que dicen que no lo son, porque lo que hacen lo hacen para prevenir una infracción. Y eso les da derecho a identificar a una persona por su color de piel porque es inmigrante, y al ser inmigrante se cuestiona su situación legal en el país. Todo esto avalado por la ley mordaza que el gobierno de coalición, en el que se encuadra el Ministerio de Igualdad, no deroga pero a la vez lanza una campaña para luchar contra una discriminación que la propia ley permite. Así se sigue permitiendo la discriminación. La mayor parte de la policía que comete actos racistas lo enmarca dentro del cumplimiento del deber. No es racismo, es cumplir la ley. Así creen salvar su integridad moral. Si ya es grave la comisión de actos racistas, lo es más la ausencia de reconocimiento, análisis o reflexión dentro de la policía. La estrategia es la negación y la búsqueda de justificaciones que les sirva librarse de una reprobación social o legal. El corporativismo policial es tóxico y perjudicial para cualquier sociedad que aspire a un mínimo de justicia y difumina los límites de lo que se puede hacer y de lo que no. Todo es posible si la ley lo permite [racismo] y si no también [tortura].
– Imagen: Pintada en el barrio del Cabanyal, Valencia
Notas:
1.- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
2.- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
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* El Kaleidoskopio
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