Marx y la renta de la tierra

Marx y la renta de la tierra

Marx-a renta-de-la-tierra-loquesomosAntoni Puig Solé*. LQSomos. Febrero 2015

La renta diferencial: generalidades

Al analizar la renta del suelo supondremos que los productos se venden por sus precios de producción. Esto es, que sus precios de venta son iguales al costo más una ganancia, aunque pueden sufrir oscilaciones en función del mercado. En estas circunstancia ¿cómo narices puede originarse una renta?
Marx emprende la explicación con un ejemplo numérico.
Recordemos, antes, que plusvalía y plus-ganancia no son lo mismo. Por plus-ganancia debe entenderse el acrecentamiento del capital inicial obtenido fuera de la empresa o en el mercado al terminarse el proceso técnico de producción. Esta plus-ganancia (o ganancia extraordinaria) se la apropian las empresas que disfrutan de situaciones ventajosas con relación al resto.

La base tradicional de la renta capitalista de la tierra es la renta diferencia.

Ejemplo numérico:
Supongamos que las fábricas de un país son impulsadas mayoritariamente por máquinas de vapor, pero hay una reducida cantidad de ellas movida por caídas hidráulicas naturales.

Estas empresas movidas por energía hidráulica disfrutan de la ventaja comparativa (diferencial), porque sus mercancías se producen bajo las siguientes condiciones favorables:

a. Al prescindir de las máquinas de vapor necesitaron una cantidad menor de capital constante, o sea, una menor cantidad de trabajo objetivado que las otras.
b. Por otra parte, requieren menor cantidad de trabajo vivo, ya que la rueda hidráulica no necesita caldeamiento.

El precio de coste (en término medio) es de 100 y la ganancia media 15%. En consecuencia, el precio de producción es de 115.

Por contra, el precio de costo en las fábricas impulsadas por energía hidráulica sólo asciende a 90, en lugar de 100. Al vender la mercancía a 115, su ganancia ascendería a 25, en lugar de 15; obteniendo una plus-ganancia de 10, no por vender por encima de su precio de producción, sino por hacerlo al precio de producción social.

cuadro-antoni-marx-lqs.jpgEl ejemplo revela dos cosas:

1. La ganancia particular de los productores que emplean las caídas naturales de agua, en primera instancia, no aparece como el resultado de fluctuaciones casuales en los precios de mercado durante la circulación. No es otra cosa que la diferencia entre el precio de producción individual de estos productores que juegan con ventaja y el precio de producción social general. La mercancía producida con la caída de agua, al emplear trabajo más productivo reduce el precio de costo y por consiguiente el precio de producción. Su precio de producción individual y el general constituyen los límites para su plus-ganancia. Por consiguiente el precio de producción general es uno de los factores reguladores: si, por ejemplo, el precio del carbón varía, variará a la vez la diferencia entre el precio de costo individual de esta industria y el precio de costo general y con ello su plus-ganancia.

2. La plus-ganancia del fabricante que emplea la caída de agua natural no se diferencia de las otras plus-ganancias derivadas de la productividad. Toda plus-ganancia normal, es decir no producida por operaciones fortuitas de venta o por fluctuaciones en el precio de mercado, está determinada por la diferencia entre el precio de producción individual de las mercancías de este capital particular y el precio de producción general que regula los precios de mercado.

Entonces, ¿a qué circunstancia debe este fabricante su plus-ganancia?

En primer lugar, a la fuerza motriz proporcionada por la caída de agua. Se trata de un agente natural de la producción, en cuya generación no entra trabajo alguno, y que, a diferencia del carbón, no tiene valor.

Pero el fabricante que trabaja con máquinas de vapor también suele emplear, de una u otra forma, fuerzas naturales de esta índole que hacen que el trabajo sea más productivo.

Por tanto, la plus-ganancia obtenida con el empleo de una fuerza natural como es la caída de agua no emana únicamente de su potencialidad para incrementar la fuerza productiva del trabajo. Hay otro elemento particular que la acompaña: se trata de una fuerza natural que no está al alcance de todos los capitalistas y que el capital no puede hacerla brotar a su antojo, lo que no ocurre con las fuerzas naturales que se emplea con las máquinas de vapor.

Esto no significa negar que el capital pueda actuar sobre la naturaleza y adecuarla, canalizando, por ejemplo el agua y creando incluso nuevo saltos. Pero lo que aquí nos interesa destacar, es que hay determinadas fuerzas naturales que no se pueden producir, que sólo se encuentran de manera localizada y que, al estar ligadas a la tierra, pueden ser monopolizadas por quienes se las apropian.

Si se da el caso que el terreno donde se encuentra el salto de agua pertenece a un terrateniente, es éste quien puede autorizar o negar su uso industrial. El capital no puede crear este salto de agua (o hacerlo le pude costar un pastón) y por tanto, no puede atribuirse la parte del beneficio que le proporciona. Si le paga 10 al propietario del terreno, entonces su beneficio será del 15% y coincidirá con la ganancia media, con la que, por lo general, los capitalistas se suelen conformar. Con ello, esta ventaja diferencial aportada por una fuerza productiva natural, se transformará en renta de la tierra.

De ello se desprenden cinco conclusiones sobre este tipo de renta:

1. Nace de la diferencia entre el precio de producción del capital particular que dispone de la fuerza natural monopolizable y el precio general del capital invertido en la esfera de la producción donde la mayoría de los capitalistas no disponen de esta fuerza.
2. De ahí que no responda a un incremento general de productividad del capital, sino a la ventaja de un número relativamente pequeño de capitales frente al resto que no pueden beneficiarse de unas condiciones aportadas por la naturaleza.
3. Pero las condiciones naturales no son la fuente del beneficio extra, sino sólo su base natural.
4. La propiedad de la tierra no crea el valor que se transforma en beneficio. Sin esta propiedad, el beneficio se produciría igualmente. Lo que permite en todo caso la propiedad es reclamar una parte de este beneficio.
5. Se podrá alegar que el propietario cede un terreno que tiene un precio. Como se ha visto, este precio no va asociado a un valor ya que originariamente el terreno no incorpora trabajo alguno. No es otra cosa que la renta capitalizada.

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