Las víctimas del franquismo y la transición ¿hasta cuándo tienen que esperar?

Las víctimas del franquismo y la transición ¿hasta cuándo tienen que esperar?

Por Rosa García*

En ocasiones, la esperanza se convierte en algo peligroso para el poder en tanto herramienta de lucha y, por ello, hace todo lo posible para que no haya ningún resquicio a la ilusión, reforzando los obstáculos, endureciendo el castigo, imponiendo el desánimo y la paralización…

Dejadme la esperanza…

Desear mejorar la situación en la que se vive es un instinto básico. O debería serlo. Se mezclan la razón y la emoción para dar a luz una de las mejores herramientas de las que disponemos para sobrevivir: la esperanza. Pero no hay esperanza sin trabajo, sin lucha, porque no se puede sustentar una idea –por fácil que parezca–, sin una acción decidida y organizada.

En esas estamos ya que luchamos desde hace mucho tiempo por conseguir acabar la impunidad de los crímenes del franquismo, que los crímenes contra la humanidad que cometieron los franquistas y sus aliados tras el golpe cívico-militar fascista de 1936 puedan ser investigados, juzgados sus responsables y condenados, y que sus nombres figuren en el lugar de deshonor que les corresponde. Una tarea ardua, lo sabemos, pero imprescindible e impostergable tras 49 años de la muerte del asesino Franco. Casi el mismo tiempo que duró su dictadura.

Hace más de un año, en mayo de 2023, la juez titular del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, Ana Iguácel, admitió a trámite la querella criminal presentada por Julio Pacheco denunciando las torturas que había sufrido a manos de varios agentes de la policía política franquista (Brigada Político Social): Álvaro Valdemoro, Luis Montero, José María González y José Manuel Villarejo. En septiembre del mismo año esta misma juez tomó declaración al querellante y a una testigo. Por primera vez, una víctima del franquismo era escuchada en sede judicial. Un hito histórico tras más de cien querellas presentadas en el Estado español apoyadas por la Coordinadora de Apoyo a la Querella Argentina (CEAQUA) denunciando los crímenes de la dictadura. También la juez citó a los querellados en calidad de investigados y les tomó declaración.

Sin embargo, un año después, la misma juez ha procedido al archivo de la causa por prescripción atendiendo al contenido del Auto 57/2024 dictado por el Pleno del Tribunal Constitucional que cerraba la vía judicial en los juzgados españoles de otra querella por delitos de tortura durante la dictadura franquista, presentada por Francisco Ventura Losada. Resulta que los delitos contra la humanidad, como la tortura, no estaban tipificados en el Código Penal de la dictadura… cosas de los dictadores. Aunque sí lo estaban en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Estado español se adhirió, en abril de 1977, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el que se establece que, para la persecución de ciertos crímenes como la tortura, priman los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional. A pesar de ello, y tal y como nos tiene acostumbrados este régimen de injusticia meses después, en octubre de 1977, el Parlamento aprobó la Ley de Amnistía por la que se autoamnistiaron los criminales franquistas, por si las moscas.

El auto señalado del Tribunal Constitucional que ha provocado el archivo de la causa de Julio Pacheco, considera que la vigente Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática no sustituye a dicho Tribunal en la interpretación de los derechos fundamentales y que su articulado es insuficiente y no habilita para investigar los crímenes franquistas. ¡Sorpresa! Sin embargo, hubo dos votos particulares de los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y María Luisa Balaguer a dicho auto del TC y en el suyo, Ramón Sáez señala que: “El derecho a la verdad y a la justicia de las víctimas de violaciones de derechos humanos conlleva en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos elementos de especial protección para garantizar el acceso al proceso, según los tratados ratificados por España (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 12 de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes, entre otros). Estas normas forman parte del ordenamiento interno y determinan el contenido de los derechos fundamentales (art. 96.2 y 10. 2 Constitución Española)”. Más claro, agua.

Las organizaciones CEAQUA, Amnistía Internacional, Iridia y Sira han expuesto en la nota de prensa hecha pública esta misma semana su absoluta disconformidad y rechazo del auto de sobreseimiento de la querella de Julio Pacheco –que ha tenido un amplísimo eco– considerando que: “consolida un modelo de impunidad inadmisible en un Estado de Derecho y socava e infringe, una vez más, los derechos más elementales que asisten a aquellas personas que sufrieron crímenes franquistas”.

Y continúa:

“(…)La responsabilidad en cuanto al mantenimiento de este marco de impunidad es compartida por los tres poderes del Estado y de nada sirve poner el foco, única y exclusivamente, en el poder judicial.

En estos momentos en los que en el Estado español se están impulsando iniciativas
autonómicas que recortan los derechos efectivos a las víctimas de crímenes franquistas, es necesario dar una respuesta contundente en forma de impulso y aprobación de medidas legislativas que habiliten la investigación penal de estos crímenes.

De nuevo recordamos que, para ello, entre otras, resulta imprescindible:
1.- La derogación/modificación de la Ley de Amnistía para que los crímenes internacionales no puedan ser amnistiados.
2.- La introducción en el Código Penal estatal del principio de legalidad desde una
perspectiva del Derecho Internacional garantizando que los crímenes internacionales cometidos en el Estado español antes de su tipificación en la normativa interna puedan ser investigados y enjuiciados.
La reforma del Código Penal, entre otros aspectos, de las definiciones de tortura y desaparición forzada desde una perspectiva del Derecho Internacional.
Estas dos medidas legislativas, impulsadas en su momento por CEAQUA, fueron
rechazadas por el poder legislativo por una amplia mayoría. Hoy, más que nunca, resulta necesario retomarlas para proceder a su aprobación.
Desde CEAQUA, Amnistía Internacional, Iridia y Sira seguiremos trabajando en este sentido, continuaremos exigiendo justicia penal e impugnaremos en todas las instancias que correspondan las resoluciones judiciales dictadas por los Juzgados y Tribunales del Estado español”.

En ocasiones, la esperanza se convierte en algo peligroso para el poder en tanto herramienta de lucha y, por ello, hace todo lo posible para que no haya ningún resquicio a la ilusión, reforzando los obstáculos, endureciendo el castigo, imponiendo el desánimo y la paralización. En ocasiones, se hace difícil mantener la fuerza y el impulso. Las víctimas del franquismo y la transición ¿hasta cuándo tienen que esperar? ¿Qué tipo de gobierno va a responsabilizarse de asegurar sus derechos? Pero entonces, nos viene a la memoria tantas personas que lucharon y siguen haciéndolo, a pesar de todo, en todos los lugares y en todos los tiempos.

Y recordamos los versos de la “Canción última” de Miguel Hernández, poeta antifascista asesinado en una cárcel franquista por la pérfida y deliberada denegación de auxilio de su enfermedad, causada por las condiciones inhumanas del encierro:

Pintada, no vacía:
pintada está mi casa
del color de las grandes
pasiones y desgracias.

Regresará del llanto
adonde fue llevada
con su desierta mesa
con su ruinosa cama.

Florecerán los besos
sobre las almohadas.
Y en torno de los cuerpos
elevará la sábana
su intensa enredadera
nocturna, perfumada.
El odio se amortigua
detrás de la ventana.

Será la garra suave.

Dejadme la esperanza.

* Represaliada política en la dictadura. Activista de La Comuna, Presxs del Franquismo.
Más artículos de la autora

– Imagen de portada: “La mano acusadora” obra de Eugenio Merino, 2023. Vaciado en bronce de la mano de Nicolás Sánchez-Albornoz, único superviviente vivo del Valle de Cuelgamuros.

#LaPrimeraDeCien #JusticiaEsMemoria

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One thought on “Las víctimas del franquismo y la transición ¿hasta cuándo tienen que esperar?

  1. Numerosa sentencias de jueces que actúan como colaboradores necesarios de los crímenes del franquismo, crímenes catalogados catalogados como tales por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. La prevaricación y la colaboración con el franquismo, el evitar que se juzgue a sus funcionarios y al mismo régimen, es manifiesta. Su colaboración con una organización criminal (franquismo) también. ¿No hay posibilidad de denunciar a estos magistrados por esos delitos ante los tribunales internacionales?. Como bien dice la autora del artículo, represaliada, han pasado casi cincuenta años de la muerte del dictador. La memocracia franquista (Constitución de 1978), el régimen de la transición de 1975, sigue escupiéndonos en la cara y riéndose del sufrimiento de miles de asesinados y torturados. Muchos de sus responsables siguen vivos y disfrutando de las rentas de la dictadura. Primero ellos, luego sus descendientes. Aunque solo nos dejen el recurso de la vía judicial y la denuncia hay que agotarlos todos los procedimiento.¿A todos los cerdos les llega su San martín?. Esperemos a alguno sí, entre los que se incluyen los colaboradores.

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